Cupón seco en alquileres: algunos casos especiales

El cupón seco sobre alquileres es un régimen fiscal favorable por el que puede optar el propietario.

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Aquí están las respuestas a algunas de las dudas más frecuentes que surgen cuando se trata del impuesto a tipo fijo sobre los alquileres, el régimen fiscal favorable que puede utilizar el propietario.

¿Puede elegir el cupón seco para múltiples propiedades? Si hay más de un arrendador, ¿todos pueden optar por el régimen fiscal favorable? ¿Es posible elegirlo incluso si solo alquila una parte de la propiedad? Aquí están las respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes que surgen cuando se trata del impuesto de tasa fija sobre los alquileres.

El cupón seco sobre los alquileres es un método alternativo de imposición de los alquileres al ordinario y que puede ser elegido por el arrendador que alquila un inmueble para uso residencial perteneciente a las categorías catastrales de A1 a A11 (excluyendo A10 - oficinas o estudios privados). Consiste en aplicar un impuesto fijo a la renta anual, denominado impuesto sustitutivo, en lugar del impuesto sobre la renta de las personas físicas y los correspondientes impuestos adicionales, el impuesto de registro y el derecho de timbre. En lo que respecta al cupón seco, pueden surgir situaciones particulares que cuestionen si se aplica o no el régimen fiscal favorable.

Este es el caso de un contrato de arrendamiento que afecta a varias unidades inmobiliarias: ¿ en este caso es posible elegir el cupón? La respuesta es sí, pero la opción solo se puede realizar para algunas unidades. Como tal, se pagará el impuesto de matriculación, pero debe calcularse solo sobre los alquileres de bienes raíces sin cupón. Si en el contrato se indica una renta unitaria, el impuesto de registro se adeuda sobre la parte de la renta atribuible a las propiedades para las que no se aplica el régimen de tasa única, determinada en proporción a la renta catastral. En el caso de que haya más de un propietario,cada uno de ellos puede optar por aplicar el cupón o no. Entonces, si no todos optan por el cupón, se debe pagar el impuesto de timbre y los propietarios que no apliquen el cupón deben pagar, conjuntamente con el inquilino, el impuesto de registro, calculado sobre la parte del alquiler que corresponde a su parte de posesión. Además, la renuncia a las actualizaciones de alquiler es efectiva para todos los propietarios. En el caso de un inmueble de propiedad conjunta , el contrato de arrendamiento estipulado por solo uno de los propietarios también tiene efectos sobre el no presente en la escritura. De ello se deduce que este último también tiene la posibilidad de optar por el cupón seco.

El propietario puede optar por el cupón seco incluso cuando alquila solo una parte de la propiedad , por ejemplo, incluso una habitación individual. Si el arrendador alquila varias partes de la casa con diferentes contratos, por lo tanto por ejemplo alquilando varias habitaciones a diferentes sujetos, la opción de cupón para un solo contrato vincula también a las demás, ya que obtendrá una única anualidad sobre la que deberá pagar impuestos.