La Autoridad Tributaria reconoce a los arrendatarios de las concesiones, en forma de deducciones, sobre los gastos incurridos por el alquiler . Nuestra lectora Chiara nos pregunta si con sus ingresos anuales de menos de 8.000 euros puede aprovechar algunas subvenciones para alquilar la casa principal. La respuesta es Micaela Chiruzzi, contadora, firma comercial y tributaria Chiruzzi, ([email protected])
Para contratos estipulados a favor de inquilinos de "bajos ingresos" , de viviendas utilizadas como residencia principal arrendadas con contratos estipulados o renovados, de conformidad con la ley núm. 431 de 1998, se otorgan las siguientes concesiones, es decir, la deducción para efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas:- 300 euros, si la renta total no supera los 15.493,71 euros;
- 150 euros, si la renta total es superior a 15.493,71 euros, pero no superior a 30.987,41 euros.
En los convenios de renta pactada , donde el contribuyente sea titular de un contrato de arrendamiento estipulado en la Ley N ° 431 de 9 de diciembre de 1998, los beneficios consisten en una deducción fiscal de:
- 495,80 € si los ingresos totales no superan los 15 493,71 €;
- 247,90 euros si la renta total es superior a 15.493,71 pero no superior a 30.987,41 euros.
Sin deducciones si los ingresos son superiores a 30.987,41.
Para los contratos estipulados con jóvenes de entre 20 y 30 años , de conformidad con la ley núm. 43, para que la unidad inmobiliaria se utilice como vivienda principal , se prevé una deducción de 991,60 € en la declaración de impuestos .
Esta deducción es pagadera durante los 3 primeros años, si los ingresos totales no superan los 15.493,71 € . La condición para beneficiarse de la concesión es que el inmueble en cuestión sea diferente de la residencia principal de los padres del joven titular del contrato.
El requisito de edad se cumple si también ocurre durante una parte del período impositivo en el que se pretende la deducción.
También se prevén deducciones a favor de los empleados, que por motivos laborales :
- trasladar su residencia al municipio de trabajo o vecino;
- el nuevo municipio se encuentra al menos a 100 kilómetros del anterior y en todo caso fuera de su propia comarca;
- la residencia en el nuevo municipio se ha transferido no más de 3 años después de la solicitud de la deducción.
Esta deducción se puede utilizar en los primeros tres años desde la transferencia de residencia y se debe en la medida de:
- 991,60 € si los ingresos totales no superan los 15 493,71 €;
- 495,80 euros si los ingresos totales superan los 15.493,71 euros pero no los 30.987,41 euros.