Deducción fiscal por obras de ajuste sísmico

Hasta el 31 de diciembre de 2016, quienes realicen trabajos de mejora antisísmica en su propiedad ubicada en una zona sísmica de alta peligrosidad tienen derecho a una deducción fiscal del 65%.

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Hasta el 31 de diciembre de 2022-2023, quienes realicen trabajos de mejora antisísmica en su propiedad, que se encuentra en una zona sísmica de alta peligrosidad, tienen derecho a una deducción fiscal del 65%.

Entre las intervenciones en las edificaciones que permiten disfrutar de la deducción fiscal se encuentran las obras para la adopción de medidas antisísmicas . Estas intervenciones están incluidas en la deducción del IRPF correspondiente a la reestructuración pero la medida de la subvención es superior, no al 50% sino al 65% de los gastos realizados desde el 4 de agosto de 2013 al 31 de diciembre de 2022-2023, salvo prórrogas.

La deducción del Irpef por gastos incurridos por intervenciones para la adopción de medidas antisísmicas se refiere a edificios que se encuentran ubicados en áreas sísmicas de alta peligrosidad . En particular, estas obras se refieren a la ejecución de obras para la seguridad estática de las viviendas y deben realizarse en las partes estructurales de los edificios o conjuntos de edificios conectados estructuralmente. La deducción del 65% del Irpef, que se calculará sobre un monto total máximo de 96 mil euros por unidad de propiedad - y que se dividirá en diez cuotas anuales del mismo monto directamente de la declaración de impuestos - puede ser utilizada por los propietarios o tenedores de la propiedad como inquilinos. siempre que:

  • la intervención se lleva a cabo en edificios utilizados como residencia principal
  • los gastos corren a cargo de quienes luego se benefician de la deducción fiscal
  • la propiedad se encuentra ubicada en áreas sísmicas de alta peligrosidad (zonas 1 y 2) que se indican en la Ordenanza del Presidente del Consejo de Ministros de 2003.

Al igual que el resto de intervenciones, incluso para las de seguridad estática de edificaciones en zonas sísmicas, para poder tener la deducción fiscal, los gastos deben ser abonados mediante transferencia bancaria o postal, que contiene una serie de elementos como:

  • el motivo del pago que se refiere a la legislación (artículo 16 del Decreto Presidencial 971/1986)
  • código fiscal del beneficiario de la deducción
  • código fiscal o número de IVA del destinatario del pago

En el momento del pago de la transferencia, los bancos o la oficina de correos operarán una retención en origen del 8%.

En la próxima Ley de Estabilidad, la deducción fiscal del 65% por medidas de adaptación antisísmica puede extenderse hasta 2022-2023 y quizás también extenderse a segundas residencias y condominios.