Agregar una contraventana a una ventana que no la tiene: en un condominio, ¿es posible?

¿Es posible en un condominio prever la instalación de una contraventana en una ventana que no la tenga? En respuesta a nuestro lector Giacomo C., la opinión de nuestro experto.

¿Es posible en un edificio de apartamentos prever la instalación de una contraventana en una ventana que no la tiene? En respuesta a nuestro lector Giacomo C., la opinión de nuestro experto.

Contenido procesado

  • Persianas y contraventanas
  • Fachada: estética y decoración
  • Partes comunes y partes privadas en el condominio
  • Consultar la normativa de edificación
  • Comunicación al administrador
  • En caso de disputas
  • La respuesta en breve
  • Otros problemas en el condominio

En un condominio, ¿se puede instalar una ventana externa, por ejemplo, una contraventana o contraventana, en una ventana que no tiene? Veamos el caso particular que plantea nuestro lector Giacomo C.: “Estoy renovando un piso y me gustaría saber si puedo poner una contraventana en una ventana. El condominio tiene, de hecho, para todos los departamentos, balcones con persianas, excepto en las pequeñas ventanas de los baños. Me gustaría agregar uno, de hecho, al cuarto de servicio de mi apartamento. ¿Basta con enviar un aviso al administrador o una intervención de este tipo puede considerarse "alteración" de la fachada o perjudicial para la decoración? "

En este caso, el condominio pretende instalar una contraventana en una ventana de la fachada interna del edificio. En la misma fachada hay vanos con y sin contraventanas.

Persianas y contraventanas

Las contraventanas son ventanas de propiedad privada que sirven para reparar las ventanas traseras de los agentes atmosféricos, así como las estancias de la luz solar.

Las contraventanas, como las persianas enrollables, son bienes de propiedad exclusivos incluidos en el bien común de la fachada (bien común necesario a que se refiere el listado del art. 1117 del código civil insertado por la Ley 220/2012).

Fachada: estética y decoración

La fachada está formada por todas las líneas arquitectónicas del edificio y su estructura, que caracterizan al edificio dándole una fisonomía autónoma y un valor estético específico, es decir, es la imagen del edificio visible en su totalidad en el frente y parte principal. , así como en los otros lados del edificio.

La estética del edificio , compuesta por todas las líneas y estructuras ornamentales que componen su nota dominante y dan a las distintas partes del mismo una fisonomía específica y armoniosa, connota la decoración arquitectónica del edificio . Este último es el elemento que contribuye a determinar el valor del edificio en condominio en su conjunto, así como de cada unidad inmobiliaria individual. El principio de su protección se aplica a toda propiedad , independientemente de la posible existencia de un valor artístico particular, o incluso a un edificio moderno o de líneas esenciales y sencillas.

Partes comunes y partes privadas en el condominio

Los muros perimetrales del edificio de condominios son comunes, pero las aberturas y ventanas que se abren a los muros y que se utilizan para el uso exclusivo de los apartamentos individuales están excluidas de la presunción de comunión por su propia naturaleza y destino.

Todos los condominios tienen derecho a utilizar la fachada común, en correspondencia con sus respectivas propiedades individuales, debido a que la parte de la fachada en cuestión es estrictamente funcional para el mejor disfrute de la propiedad individual. En este sentido, la orientación jurisprudencial reconoce los condominios de los pisos simples para utilizar los muros comunes, en la parte correspondiente a los departamentos en propiedad. Por ejemplo, abriendo nuevas ventanas o modificando las existentes, o colocando las unidades externas de los aires acondicionados. El ejercicio de este derecho está condicionado por la obligación de no comprometer la estabilidad y decoración arquitectónica del edificio, en aplicación de los límites señalados y referidos en el art. 1102 y 1122 cod. civ.

Las ventanas de propiedad exclusiva se insertan en la fachada común del edificio y como tales son elementos capaces de incidir en la decoración arquitectónica del mismo.

El condominio en cuestión probablemente abordó el tema en general regulando el modelo y color de las contraventanas de las ventanas de los balcones, también para cualquier reemplazo de las mismas.

Consultar la normativa de edificación

El examen del reglamento de condominio también es siempre necesario para verificar si existen prohibiciones sobre la instalación de productos de ventana distintos a los presentes, así como otras disposiciones específicas sobre el tema.

El reglamento de condominio, por su naturaleza, tiene en efecto la función de regular la decoración del edificio y contener reglas relativas al color, tamaño, modelo y otras características para ventanas, toldos u otros.

Comunicación al administrador

Una vez excluida la presencia de una prohibición específica, el condominio que realiza la intervención deberá proporcionar al administrador , antes de la instalación del artefacto, una comunicación escrita indicando la ubicación de la contraventana con indicación específica del material y color , que deben cumplir con los que ya están en uso en el condominio. El mismo administrador tiene el derecho, pero no la obligación, de informar a la asamblea del condominio sobre el tema, a menos que esté de acuerdo directamente, para cambios no sustanciales, a las solicitudes de los condominios.

En caso de disputas

Si hay disputas y el condominio requiere la remoción de la ventana, será necesario recurrir a la Autoridad Judicial (luego de un experimento preliminar de Mediación). El juez será llamado para constatar la existencia de cualquier daño a la decoración arquitectónica del edificio de condominio causado por la contraventana instalada por el particular. Esta evaluación debe realizarse teniendo en cuenta la extensión de la obra y el impacto en las partes comunes, en función de las condiciones en las que se encontraba el edificio antes de la innovación impugnada. Se excluye la lesión estética donde el edificio ya había sido dañado por obras anteriores; por otro lado, existe una lesión cuando el trabajo realizado determinauna fealdad que no pasa desapercibida y que como tal provoca daños en términos de depreciación del edificio y de las unidades inmobiliarias allí ubicadas.

Una vez comprobado el daño a la decoración arquitectónica, estaría condenado a restaurar el estado de los lugares para eliminar la alteración.

La respuesta en breve

A la luz de lo anterior, se puede resumir destacando que cada edificio tiene su propia decoración arquitectónica y cada situación debe ser evaluada caso por caso. Sobre la base de los datos proporcionados, el caso en cuestión aparentemente no estaría entre los que podrían causar un daño a la decoración arquitectónica con la consiguiente ilegitimidad de la colocación del artefacto - Persa.

Otros problemas en el condominio

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La contraventana ayuda a determinar el estilo de la fachada de un edificio, gracias a la amplia variedad y las numerosas posibilidades de combinar formas, superficies, colores, lamas y paneles según las necesidades individuales o arquitectónicas. Este tipo de ventana permite regular el aporte de luz y sombra, realizando tanto la función de proteger de miradas indeseadas como ofreciendo una vista generosa hacia el exterior. Cuando están cerradas, las contraventanas también realizan una acción antirrobo , garantizando al mismo tiempo un válido aislamiento térmico y acústico. Una persiana de PVC también tiene un alto valor aislante, evitando la radiación de calor. En la foto, la persiana de PVC de Finstralestá fabricado con materiales de primera calidad y con herrajes anticorrosivos para que sea inalterable en el tiempo, robusto y resistente a la intemperie, con la ventaja de no requerir mantenimiento . Está disponible en todas las versiones más habituales, que van desde la ejecución más tradicional a la versión libro o deslizante, hasta la versión genovesa. También se prevén aplicaciones especiales, tanto para el nuevo edificio como para la rehabilitación, con el fin de permitir que el montaje se lleve a cabo de acuerdo con las costumbres regionales.