Recuperación de sótanos en Lombardía: la nueva ley y sus limitaciones

La Ley Regional fue aprobada el 28 de febrero, que permite la recuperación de sótanos con fines residenciales en Lombardía.

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La Ley Regional fue aprobada el pasado 28 de febrero que permite, en Lombardía, la recuperación de sótanos para uso residencial. Para obtener accesibilidad, el local debe tener una altura mínima de 240 cm y cumplir con los requisitos de higiene y salud establecidos por la normativa municipal. Los municipios podrán excluir recuperaciones en algunas partes del territorio que tengan características particulares.

En Lombardía pronto será posible recuperar los sótanos para hacerlos habitables: el nuevo reglamento se refiere a las habitaciones y habitaciones que constituyen viviendas independientes o anexas a una casa, comercio u oficina. De hecho, el proyecto de ley 258 fue aprobado por el Consejo Regional de Lombardía (la nueva ley, que se publicará en unos días, aún no tiene un número). La definición de sótano en el texto es la siguiente: "el piso de un edificio cuyo piso se ubica en un nivel más bajo, aunque sea solo parcialmente, que el del suelo adherido al edificio, y cuyo techo está ubicado, aunque sea solo parcialmente, a un nivel superior al suelo adherido al edificio ". Entre almacenes, tabernas, sótanos y otro tipo de habitaciones, se estima que hay al menos 40.000 sótanos en Lombardíaque cumplen con esta descripción, especialmente en la provincia de Milán.
La ley se aplica a las edificaciones existentes o para las que ya se haya otorgado la licencia de obra o la aprobación de cualquier programa de intervención integral requerido a la fecha de aprobación de la resolución por parte del ayuntamiento. En edificios nuevos, la normativa para la recuperación de sótanos solo se puede aplicar 5 años después de la construcción; a partir de entonces, el uso previsto de las instalaciones no se puede cambiar durante 10 años .

Para ser recuperados y declarados viables, los sótanos deben cumplir los siguientes requisitos:
- tener una altura mínima de techo de 240 cm (30 cm menos que el resto de viviendas para las que se exigen al menos 270 cm)
- respetar las ratios aeroilluminanti o la relación entre la superficie del suelo y la de las aberturas. La diferencia, prevista por la nueva ley, es que, si la superficie acristalada no es suficiente, como suele ocurrir en los sótanos, el cumplimiento de las relaciones de aeroiluminación también se puede garantizar con la ayuda de sistemas tecnológicos de ventilación e iluminación que integren ventilación. e iluminación natural
-Cumplir con los requisitos higiénico-sanitarios previstos por el Reglamento de Edificación e Higiene del Municipio en el que se ubica la propiedad y ya vigente para todo tipo de viviendas.

La Ley de Recuperación de Sótanos no entrará en vigor antes de 120 días a partir de la fecha de aprobación (28 de febrero de 2022-2023), por lo tanto, no antes de julio de 2022-2023 . En este período de tiempo, las administraciones municipales tendrán derecho a excluir la posibilidad de recuperación para algunas áreas del territorio por las siguientes razones:
- riesgo hidrogeológico , en particular para áreas sujetas a inundaciones
- fenómenos de levantamiento del acuífero
- defensa del suelo
- necesidad de la protección del paisaje
- necesidad de una protección higiénica-sanitaria
- remediación en curso o ya se llevó a cabo en la zona
Sin embargo, ante nuevos eventos, como una inundación, o la ocurrencia de nuevos factores de riesgo, los Municipios tendrán la posibilidad de actualizar los criterios de exclusión incluso después de la expiración de los 120 días .

Una vez establecidas y reguladas estas exclusiones, será posible solicitar accesibilidad para sótanos que cumplan con los requisitos necesarios. En cuanto a otras prácticas de edificación, es necesario contactar a las oficinas técnicas del Municipio donde se ubica la propiedad y seguir los procedimientos indicados.
A diferencia de la de los áticos, la recuperación de los sótanos no se califica como obra nueva: los costes a pagar están, por tanto, relacionados con el tipo de intervención del edificio . Los sótanos con una superficie bruta de suelo inferior a 200 metros cuadrados (si es para uso residencial) o menos de 100 metros cuadrados están excluidos de la contribución al costo de construcción (de conformidad con el Decreto Presidencial 380/2001, art.16, párrafo 3D).(si para otros usos y si son electrodomésticos). Solo si la recuperación del sótano es una obra importante que aumenta la carga urbanística de la zona en la que se ubica el inmueble, es obligatorio buscar nuevas plazas de aparcamiento y servicios, pero estos son casos bastante raros.