Inquilinos tasi: eso es quién paga y quién no paga el depósito de junio

A partir de este año, los inquilinos ya no están obligados a pagar el Tasi siempre que la propiedad en la que viven se utilice como residencia principal y no se encuentre dentro de las categorías catastrales A1, A8 y 9.

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A partir de este año, los inquilinos ya no están obligados a pagar el Tasi siempre que la propiedad en la que viven se utilice como residencia principal y no se encuentre dentro de las categorías catastrales A1, A8 y 9.

El tasi de este año ya no se paga en las residencias principales, a menos que sea una propiedad que se encuentre en las categorías catastrales A1, A8 y 9, tanto de lujo como de valor. El impuesto municipal sobre servicios indivisibles se hace así cada vez más especular al imu, el impuesto municipal a la propiedad que nace para reemplazar al ICI. La principal diferencia entre Imu y Tasi es que este último, sin embargo, generalmente se debe no solo al propietario, sino también a quienes poseen la propiedad, por lo tanto, a quienes viven en alquiler. Hasta el año pasado, el inquilino tenía que pagar una parte del impuesto entre el 10 y el 30% y el resto lo pagaba el propietario. El Municipio único en la resolución tenía que establecer qué cuota al frente de uno y cuál al frente del otro.

A partir del 1 de enero de 2022-2023, debido a la Ley de Estabilidad, el Tasi ya no se paga en la vivienda principal que no sea de lujo, y esta exención también se aplica a los inquilinos que, como tales, ya no tendrán que pagar el depósito, debido como el otros años, el 16 de junio. Sin embargo, la exención solo se aplica si el inquilino ha utilizado la propiedad arrendada como residencia principal y siempre que no sea una propiedad de lujo. En este caso, todavía tendrá que pagar la cantidad de impuestos en su cabeza. En los demás casos, es decir, cuando el inmueble arrendado no entra en las categorías catastrales A1, A8 y A9, se devengará el impuesto municipal sobre servicios indivisibles, solo por la participación entre el 30 y el 90% por parte del propietario.

Entonces en resumen:

  • Propiedad arrendada que no es de lujo: el inquilino no paga la parte de Tasi; el propietario la paga entre el 30 y el 90%
  • Propiedad arrendada de lujo: el inquilino y el propietario pagan sus respectivas acciones, es decir, entre el 90 y el 70 por ciento para el propietario y entre el 10 y el 30 por ciento para el propietario.