Donación de una propiedad: todo lo que necesita saber

¿Puede donar una propiedad y reservar la disponibilidad de la propiedad para usted? ¿Quién paga los impuestos sobre la propiedad donada? Aquí están todas las respuestas a las dudas más frecuentes que surgen a la hora de donar una propiedad

Tabla de contenido
¿Puede donar una propiedad y reservar la disponibilidad de la propiedad para usted? ¿Quién paga los impuestos sobre la propiedad donada? Aquí están todas las respuestas a las dudas más frecuentes sobre el tema.

Puede convertirse en propietario de una propiedad así como con una venta clásica también a través de una donación. La donación es el contrato con el que, en un espíritu de liberalidad, una parte (donante) enriquece a otra (donatario) disponiendo un derecho a su favor y asumiendo una obligación hacia él. La donación puede ser para inmuebles, créditos, negocios, dinero, obras de arte e incluso vehículos.

Si dona una propiedad a un niño, ¿otros pueden reclamar? ¿Quién paga el Imu por la propiedad donada? ¿Cómo se determina el valor de los inmuebles objeto de la donación? Aquí están todas las respuestas a las preguntas más frecuentes proporcionadas por el Consejo Nacional de Notarios.

Antes de entrar en detalles, es necesario dar alguna información preliminar sobre la donación. La donación que se hace a los herederos legítimos del donante se considera un anticipo de la herencia. Solo aquellos que tienen la capacidad total para disponer de sus activos pueden hacer una donación. Por lo tanto, se considera que no pueden donar menores, discapacitados e interceptados. Hemos dicho que se trata de un contrato real cuyo elemento esencial es la forma. De hecho, la donación debe formalizarse mediante escritura pública ante notario en presencia de dos testigos.

En cuanto a la donación de inmuebles existentes, los propietarios están obligados a declarar en la escrituraque los datos y planos archivados en el catastro se ajusten al estado actual de la situación, es decir, la ubicación, el uso previsto y la configuración actual y actual de la propiedad que se negocia, bajo pena de nulidad. Antes de firmar la donación, los donantes deben verificar cuidadosamente la correspondencia de los datos catastrales y los planos de planta presentados en el estado actual, especialmente en lo que respecta al uso previsto (categoría catastral) y la consistencia (habitaciones y / o superficie) , con el fin de informar datos veraces y correctos en la escritura. La declaración puede ser sustituida por el certificado de conformidad emitido por un técnico calificado para presentar los documentos de actualización de los documentos catastrales (arquitecto, topógrafo, ingeniero).

En caso de donación de vivienda que implique consumo energético , el acto deberá estar dotado del certificado de eficiencia energética pero no hay obligación de hacerlo, ya que el donante no está obligado a garantizar la conformidad de los sistemas. a las normas de seguridad. En cambio, se le pedirá que informe al donatario sobre el estado del equipo del edificio donado.

La donación se puede revocar por dos hipótesis obligatorias:

  • por ingratitud del donatario, es decir, cuando el donatario ha cometido actos especialmente graves hacia el donante o su patrimonio
  • por contingencias de los hijos, es decir cuando el donante tiene hijos o descendientes o descubre que los tiene después de la donación.

El destinatario de la donación debe pagar el impuesto que se diferencia en deducibles, es decir, umbrales dentro de los cuales no se adeuda el impuesto:

  • cónyuge y familiares en línea recta (hijos, padres y, en general, ascendientes y descendientes): 4%, con una franquicia de hasta 1.000.000,00 € en el valor de la herencia;
  • hermanos y hermanas, 6%, con una franquicia de 100.000,00 €;
  • otros familiares hasta 4º grado, emparentados en línea recta, similares en línea colateral hasta 3º grado: 6% sin deducible;
  • todas las demás materias, 8% sin deducible.

Es el notario ante el que se realiza la donación quien prevé el pago del impuesto, junto con el impuesto de matriculación en la cantidad fija de 200 euros. En el caso de que el objeto de la donación sea la propiedad inmobiliaria, también se adeudan los impuestos hipotecarios y catastrales por importe del 2% y 1% (50 euros si el inmueble cumple los requisitos de "primera vivienda").

En cuanto a los casos particulares que atañen especialmente a la donación de una propiedad, la reserva de usufructo en beneficio del donante es muy frecuente . Por ejemplo, piense en una propiedad que un padre le da a su hijo pero en la que el primero continúa viviendo. La ley permite al donante reservarse el usufructo de los bienes donados para su propio beneficio: esto significa que el donante se priva anticipadamente de la propiedad del bien, quedando para sí el usufructo que caducará automáticamente al fallecimiento del progenitor o en otro plazo establecido. En el contrato. El donante que haya reservado el usufructo tendrá el goce de la propiedad y por tanto podrá vivir allí o eventualmente cobrar el alquiler si lo alquila.

Otra duda frecuente se refiere a la donación de una propiedad a un niño: ¿otros pueden reclamar ? La ley establece que si, a la muerte del donante, no se encuentran en su patrimonio bienes suficientes para respetar la parte legítima reconocida por la ley para los demás hijos, estos últimos pueden pronunciarse contra la donación hasta que hayan transcurrido 10 años desde el fallecimiento del donante, solicitando la reducción.

Cuando una propiedad pagada por los padres se registra directamente a nombre del niño, en este caso es una donación indirecta. La finalidad de la donación es siempre reconocible en esta situación, es decir, enriquecer a otro sujeto sin que exista obligación legal que lo imponga.

En cuanto a los impuestos sobre los bienes donados, estos corren a cargo del donatario. ¿Y para la IMU? Si se dona el derecho de propiedad o el derecho de usufructo y vivienda sobre un inmueble, la IMU cobra al donatario desde la fecha en que se estipula la escritura de donación. Si, por el contrario, el donante se limita a ceder la mera propiedad de la propiedad, reservándose el derecho de usufructo y residencia, el Imu seguirá siendo una carga para el donatario.

Pero, ¿cómo se determina el valor de las propiedades donadas ? La base imponible se determina teniendo en cuenta:

  • para la propiedad total: el valor de mercado en el comercio común a la fecha de la escritura de donación
  • para derechos de usufructo, uso y vivienda: el valor se obtiene multiplicando el valor de la propiedad total por la tasa de interés legal y por el coeficiente, relativo a la edad del titular del derecho.