Separación: ¿a quién se asigna el hogar conyugal?

Anonim
El juez determina a quién asignar el hogar conyugal, teniendo en cuenta como prioridad los intereses de los hijos. ¿Y quién paga las facturas, la hipoteca y los impuestos de la vivienda?

Una de las muchas razones que dificultan aún más la separación es la asignación del hogar conyugal. Es el juez quien adopta una disposición que establece cuál de los dos cónyuges debe seguir viviendo en el hogar familiar . La "casa conyugal" es el edificio en el que se desarrolla la vida conyugal y familiar, pero también el centro de reunión de la familia durante la convivencia. El objetivo principal , en lo que respecta a la separación y, por tanto, también en la asignación del hogar conyugal, sigue siendo el de proteger a los hijos .

Por este motivo, se puede establecer que la vivienda se cede al cónyuge a quien habitualmente se confían los hijos. El arte. 155 quater del código civil, introducido por la ley 54 de 2006, establece que: “el disfrute del hogar familiar se atribuye teniendo en cuenta como prioridad los intereses de los hijos”. Por tanto, la cesión del hogar conyugal queda sujeta a la asunción de la custodia de los hijos menores o la convivencia con hijos adultos que no sean económicamente autosuficientes. Por lo tanto, la disposición para la asignación del hogar familiar debe necesariamente tener en cuenta la custodia de los hijos y no las necesidades del cónyuge económicamente más débil.. Solo cuando no convivan hijos menores o adultos, el juez tendrá en cuenta las condiciones económicas de los cónyuges.

En el caso de que los cónyuges sean copropietarios de la casa y tengan ingresos adecuados, el juez no podrá ceder la casa exclusivamente a uno de ellos. Los ex cónyuges deben acordar, de lo contrario, pueden solicitar la división de la propiedad. De hecho, si la propiedad es muy grande, el juez puede decidir dividir la asignación y luego proceder con la división de la propiedad. Sin embargo, siempre que existan los requisitos técnicos que permitan el fraccionamiento de la casa .

Todos los bienes muebles, muebles y enseres presentes en el hogar también se otorgan al cónyuge que es el cesionario de la casa . Una vez asignada la vivienda conyugal, es necesario determinar quién paga las facturas y los impuestos . En particular, los gastos de manutención ordinaria, las cuotas del condominio y también las facturas, corren a cargo del ocupante de la casa , por lo tanto del cónyuge a quien está cedida.

Si se carga una hipoteca sobre la casa conyugal , esta debe continuar a cargo del cónyuge propietario del contrato de préstamo con el banco. Si la hipoteca es mancomunada, en caso de separación consensuada en la que se establezca que el apartamento pasa a ser propiedad de uno solo de los dos, el cónyuge propietario único deberá pagar las cuotas de la hipoteca , pero por otro lado también tendrá derecho. gozar de las deducciones fiscales previstas sobre el gasto por intereses del préstamo. Si los cónyuges no pueden llegar a un acuerdo sobre cuál de los dos debe pagar la hipoteca , el juez puede imponer el pago a uno de ellos o puede decidir a favor de quién ya paga la hipoteca., una reducción en la provisión de mantenimiento debido a la primera.

En cuanto a los impuestos de la casa, imu, tasi y tari, a pagarlos será el cónyuge cesionario, por lo tanto quien disfruta de la propiedad . Finalmente, cabe señalar que el derecho a vivir en el hogar conyugal después de la separación puede cesar si el cesionario no vive o deja de vivir permanentemente en el hogar familiar o se vuelve a casar .