¿Para qué obras de la casa se pueden obtener desgravaciones fiscales ? ¿Y qué hacer cuando las intervenciones pueden incluirse tanto en la deducción del 50% como en la del 65%? Las exenciones fiscales son siempre objeto de numerosas dudas y preguntas de los lectores. Respondido por Carlo Tagini, contador, Studio Associato Cerati Tagini, Milán, [email protected]
Pregunta de Giovanni: Vivo en una casa que consta de dos apartamentos (el mío y el de mi tío) y me gustaría iniciar la instalación de una puerta exterior. Al ser un gasto compartido, no sabría comportarme para aprovechar las deducciones del 50%. ¿Podría indicarme el procedimiento correcto para la emisión de facturas y formularios municipales a presentar?
Respuesta: Respecto a las comunicaciones a presentar, no se puede contestar inequívocamente ya que, al ser normas municipales, cambian de un municipio a otro y por lo tanto será necesario contactar con el municipio en el que se ubica el inmueble . En cuanto a la facturación, es posible realizar facturas conjuntas(por lo tanto cada uno deducirá su parte del gasto), y facturas separadas por el monto pagado por cada uno de los dos, pago que estrictamente debe realizarse mediante transferencia bancaria que contenga todos los elementos necesarios para aprovechar el subsidio .
Pregunta de Nicola: Estoy a punto de demoler y reconstruir una casa vieja cambiando su forma y expandiendo su volumen usando el plano de la casa. La nueva casa se clasificará en clase A (quizás A + si decido instalar también la máquina de ventilación controlada) ya que se instalarán nuevos aislamientos, nuevas ventanas con triple vidrio selectivo, sistemas fotovoltaicos y solares térmicos. ¿Puedo aprovechar tanto la deducción del 50% en la renovación como la deducción del 65% en la remodelación de energía o solo puedo aprovechar una de estas deducciones?
Respuesta: No es posible aprovechar ambos beneficios por el mismo gasto: por tanto, será necesario en primer lugar comprobar en qué tipo de concesión se incluye cada gasto y comprobar que se han alcanzado los importes máximos deducibles. Cabe señalar que existen gastos que se encuadran en ambas concesiones y, por tanto, el contribuyente tiene derecho a elegir entre el 65% y el 50%: por lo tanto, la elección no debe hacerse sobre los costes totales incurridos, sino sobre cada gasto individual y sobre todo sobre cada pago. porque en las transferencias deben indicarse diferentes referencias regulatorias.
Pregunta de Alberto: En el período de agosto de 2010 (declaración de inicio de obras de rehabilitación) a diciembre de 2013 (solicitud de usabilidad y cierre de la reforma) se llevó a cabo una importante reforma en la propiedad de mi esposa, en la que hemos explotado casi en su totalidad el techo de 96.000 euros concedido primero al 36% y desde junio de 2012 al 50%. En diciembre de 2013, como se mencionó, se cerraron las remodelaciones y se solicitó la accesibilidad a la Municipalidad. A finales de 2022-2023 hemos llevado a cabo nuevas intervenciones encaminadas al "reforzamiento, sustitución o instalación de cancelas o vallas de edificios", la instalación de "cámaras o videocámaras conectadas a centros de vigilancia privados" y la construcción de un "Nuevo pavimento o sustitución del existente modificando la superficie y los materiales ”(intervenciones todas previstas en el documento de la Agencia Tributaria sobre reformas publicado el pasado mayo). ¿Cómo se deben considerar estos gastos adicionales de cara a acceder a las deducciones del 50%? Deben sumarse a lo que ya se ha gastado en la renovación anterior.(y por tanto en la práctica no se puede deducir nada) o estos gastos se pueden deducir independientemente de lo que ya se haya gastado, ya que se refieren a otras obras que nada tienen que ver con las anteriores aunque se realicen en el mismo inmueble?
Respuesta: El límite máximo de 96.000 euros se establece para cada unidad inmobiliaria y no se indica nada en el caso de intervenciones separadas realizadas en diferentes años. El único límite se establece en el caso de que las intervenciones realizadas en cada año constituyan una continuación de obras iniciadas en años anteriores: en este caso, para comprobar que se han superado los 96.000 euros, se debe considerar el conjunto de las intervenciones independientemente del año en el que se pagaron. . Por lo tantoHabrá que comprobar si la nueva intervención constituye de algún modo una continuación del trabajo realizado en años anteriores.
Pregunta de Giulia B.: Soy dueño de un apartamento en condominio por el cual decidí reemplazar las contraventanas exteriores que actualmente son de madera por unas nuevas de aluminio. ¿Es esta intervención entre los deducibles al 50% y también te da derecho al bono móvil?
Respuesta: La reposición de los accesorios sin duda te da derecho a aprovechar el 50% de descuento, sin embargo, para aprovechar también la deducción en la compra de muebles nuevos y grandes electrodomésticos, con un tope de 10.000 euros, es necesario realizar reformas de edificio. . La Agencia Tributaria ha aclarado queLas intervenciones para la recuperación del parque edificable que constituyen un requisito previo para la prestación en cuestión no se limitan a la "rehabilitación del edificio" en el sentido técnico, sino que también incluyen el mantenimiento extraordinario, y la restauración y rehabilitación conservadora de unidades inmobiliarias residenciales individuales . Sin embargo, no existe un listado exhaustivo de cuáles son las intervenciones que se encuadran dentro del mantenimiento extraordinario: el traslado de paredes, la renovación del baño o del sistema eléctrico y probablemente también la mera sustitución de las contraventanas, siempre que haya un cambio de material y tipo de marco.