Para renovar el ático de una propiedad en las Marcas, se debe hacer referencia a las características previstas por la Ley Regional de 8 de octubre de 2009, n. ° 22, modificada por LR 21/12/2010, n. 19. El nuevo Plan de Vivienda de la Región también preveía el aplazamiento de los plazos para la realización de ampliaciones y reconstrucciones de edificios junto con la recuperación y transformación de los áticos hasta el 31 de diciembre de 2022-2023.
En particular, la ley prevé la ampliación y transformación de los áticos, incluida la recuperación del piso del ático para fines residenciales, siempre que, para cada unidad inmobiliaria individual, la altura promedio no sea inferior a 2,40 metros para espacios residenciales . Para quienes renuevan un ático en edificios ubicados en centros históricos, no es posible realizar cambios en las alturas de cumbreras y aleros, así como en las líneas de pendiente de las parcelas.
Como en otras Regiones, incluso en las Marcas, la recuperación puede implicar la apertura de ventanas , tragaluces y tragaluces para encontrar el área mínima de iluminación aerodinámica.