Registro fiscal: comparamos la fiscalidad de viviendas antiguas y nuevas

Así cambia el impuesto de registro y el impuesto hipotecario y catastral en la compra de la primera vivienda y otras propiedades a partir del 1 de enero de 2014.

Así es como cambia el impuesto de registro y el impuesto hipotecario y catastral en la compra de la primera vivienda y otras propiedades a partir del 1 de enero de 2022-2023.

Contenido procesado

  • Impuesto sobre la compra de la primera vivienda
  • Impuesto sobre la compra de otras propiedades
  • 1. Compra de la primera vivienda: precio 200.000 euros
  • 2. Compra de un inmueble que no sea una primera vivienda: 100.000 euros

El impuesto de registro sobre transmisiones inmobiliarias ha cambiado de aspecto desde el 1 de enero de 2022-2023. En concreto, habrá dos nuevas tarifas , una al 2% para la compra de la primera vivienda con un mínimo de 1000 euros, la otra al 9% para cualquier otro traspaso inmobiliario a contraprestación, siempre con un mínimo de 1000 euros.

Además, en todos los casos en los que se apliquen los nuevos tipos del impuesto de matriculación al 9 y al 2%, se prevé que los impuestos hipotecarios y catastrales se devengarán en el importe fijo de 50 euros cada uno , aumentando de 168 euros a 200 impuestos de registro y cualquier otro impuesto hipotecario fijo y catastral en los demás casos. El impuesto de timbre, los impuestos catastrales especiales y los impuestos hipotecarios que normalmente se adeudan a la cuantía de (230 + 35 + 65) 320 euros en total ya no se pagarán.
Queriendo aclarar, distinguimos entre los impuestos para la compra de la primera vivienda y los de otro tipo de inmuebles .

Impuesto sobre la compra de la primera vivienda

En cuanto a la compra de la "primera vivienda", se baja el impuesto de matriculación del 3 al 2% pero con un mínimo de 1000 euros . Al mismo tiempo, a partir de este año también han cambiado los requisitos de “lujo”, en cuyo caso no se aplica el descuento de “primera vivienda” . Si hasta el día de hoy la referencia reglamentaria era al Decreto Ministerial de Obras Públicas de 1969 según el cual principalmente las viviendas de gran superficie son de lujo, independientemente de cualquier otra característica, a partir del 1 de enero de 2022-2023 serán consideradas de "lujo" , y por tanto no amparadas. en la instalación "primera vivienda", únicamente las unidades inmobiliarias clasificadas en las categorías catastrales A / 1 (casas señoriales), A / 8 (villas) y A / 9 (castillos), independientemente de sus características específicas.

Impuesto sobre la compra de otras propiedades

Con respecto a la compra de inmuebles no clasificados como "primera vivienda", se aplica el impuesto de registro con la tasa del 9% a partir del 1 de enero de 2022-2023 , un incremento respecto a las tasas anteriores de entre el 3 y el 8% , pero siempre con un mínimo de 1000 euros.

A continuación se muestran algunos ejemplos prácticos:

1. Compra de la primera vivienda: precio 200.000 euros

Impuesto vigente hasta el 31 de diciembre de 2013:

6000 euros
168 euros
168 euros
320 euros

Impuesto vigente desde el 01.01.2021:

4000 euros
50 euros
50 euros
0 euro

2. Compra de un inmueble que no sea una primera vivienda: 100.000 euros

Impuestos hasta el 31 de diciembre de 2013:

7.000 euros
2.000 euros
1.000 euros
320 euros

Impuesto vigente desde el 01.01.2021:

9.000 euros
50 euros
50 euros
0 euro