Alquileres: el cupón seco y el nuevo modelo RLI

Mini guía para la compilación del formulario RLI para la opción del propietario del régimen de cupón seco sobre alquileres.

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Mini guía para la compilación del formulario RLI para la opción del propietario del régimen de cupón seco sobre alquileres.

El propietario de un inmueble arrendado que quiera acogerse al régimen fiscal de la ventaja del "cedolare Secca" deberá ejercitar esta opción al momento de registrar el contrato de arrendamiento con el nuevo modelo RLI.

El cupón seco es un régimen opcional de tributación de los alquileres . En la práctica, el propietario que decide optar por el cupón paga un impuesto sustitutivo del IRPF e impuestos adicionales, renunciando al mismo tiempo a solicitar, durante toda la vigencia de la opción, la actualización del alquiler , aunque sea previsto en el contrato. El propietario ejerce la opción por el régimen de cupón seco en el momento del registro del contrato o en años posteriores.

El contrato de arrendamiento debe estar registrado con el nuevo modelo RLI, que también se utiliza para ejercer la opción cupón seco , reemplazando al modelo anterior 69. Para aquellos contratos que no tienen que registrarse, como los de alquileres a corto plazo sin más de 30 días dentro de un año, el arrendador ejerce la opción por el cupón directamente en la declaración de impuestos.
El propietario que elige el cupón tiene la obligación de notificar al inquilino con anticipación mediante carta certificada , con la que renuncia a ejercer el derecho a solicitar una actualización del alquiler por cualquier motivo.

Volviendo al modelo RLI, la parte D es la dedicada a la opción de cupón .

Debe indicar el número de orden de la propiedad y del arrendador y la participación relativa de propiedad. Luego se debe tachar la casilla dedicada a la elección de la opción para el cupón seco ("SI" en caso de adhesión, "NO" en caso de no adhesión o revocación). Para cada propiedad, se debe completar un número de líneas igual al número de propietarios de la propiedad que figuran como arrendadores. Si el número de pentagramas en la sección del módulo no es suficiente, es necesario utilizar más módulos.

El arrendador está obligado a aplicar el cupón seco durante toda la duración del contrato o prórroga o, en el caso de una opción ejercida a partir de los años siguientes al primero, durante el resto de la duración del contrato, pero siempre tiene derecho a revocar el contrato. opción en cada año posterior a aquél en que se ejerció.

Justo debajo de la parte D está la sección titulada "Declaración de propietarios".

Debe indicar los códigos tributarios, con las respectivas firmas de los arrendadores que ejercen la opción o revocación del cupón seco para un inmueble específico.