Plazos fiscales : 2022-2023 está a punto de finalizar y los contribuyentes tendrán que lidiar con varias citas con las autoridades fiscales. Existe un alto riesgo de no estar preparado entre los anticipos del IVA y del IRES, las declaraciones y el saldo imu y tasi . Señalamos las fechas más importantes para marcar en la agenda .
- Se inicia a partir del lunes 10 de noviembre de 2022-2023, fecha límite para la entrega al empleado y pensionado del modelo complementario 730 y el correspondiente folleto de liquidación por parte de la CAF o profesional de confianza. El suplementario 730 es un modelo de declaración de impuestos que los contribuyentes debían presentar antes del 27 de octubre a la CAF o al contador cuando se cometieron errores en el 730/2021 , por ejemplo se indicaron cargos deducibles o deducibles que involucran un crédito mayor o un menor deuda tributaria. Al recibir el nuevo modelo de declaración complementaria, el Caf o el profesional calificado deberá emitir al contribuyente el modelo de recibo 730-2que certifica la presentación de la declaración y antes del 10 de noviembre deberán preparar y entregar al contribuyente, junto con la copia de la nueva declaración, el modelo complementario de liquidación 730-3.
Otra fecha importante es el lunes 17 de noviembre , con una serie de diferentes plazos fiscales que enumeramos a continuación:
- Pagos de Unico e Irap 2022-2023 : las personas físicas con CIF que hicieron uso del derecho a realizar pagos 30 días después de la fecha límite del 7 de julio, deberán pagar la cuarta cuota de los impuestos resultantes de las declaraciones Unico e Irap 2022-2023 ( Irpef e impuestos adicionales relacionados, impuesto sustitutivo de mínimos, Ivie que es el impuesto sobre el valor de las propiedades ubicadas en el exterior, etc.) aumentaron en un 0,40%. El pago se realiza con el formulario F24
- Enmienda Tasi: para quienes no hayan pagado el anticipo del impuesto municipal sobre servicios indivisibles hasta el 16 de octubre, pueden hacerlo hasta esta fecha, abonando además del monto total del impuesto, la sanción reducida al 3% y el interés legal. 1% con el modelo F24
- IVA: Los contribuyentes del IVA deberán abonar el noveno plazo del IVA correspondiente al año 2013 resultante de la declaración anual, con un incremento mensual del 0,33% en concepto de intereses, utilizando el formulario online F24
- Retenciones en origen sobre la renta del trabajo: los agentes de retención deben pagar las retenciones realizadas en octubre sobre las rentas del trabajo y afines, las rentas del trabajo por cuenta propia, comisiones, rentas del capital, otras rentas, siempre con el formulario F24.
Plazos fiscales para diciembre de 2022-2023
- 1 de diciembre de 2022-2023: fecha límite para el pago del depósito Irpef 2022-2023. Para entender si este anticipo es adeudado o no, es necesario verificar el monto indicado en la línea RN33 del formulario UNICO 2022-2023 y si se excede el monto de 51.65, el anticipo se vence hasta el 100% de su monto.
- 16 de diciembre: saldo de IMU en viviendas principales solo si son de lujo (categorías catastrales A1, A8 y A9) y segundas viviendas
- 16 de diciembre: segunda cuota del Tasi para quienes pagaron el depósito el 16 de junio o 16 de octubre y pago del monto total para quienes no pagaron ni en junio ni en octubre en ausencia de resolución Municipal. Los propietarios de primera y segunda vivienda, así como los inquilinos en alquiler, se ven afectados por el plazo (si la resolución lo prevé).
- 18 de diciembre: último día para la presentación tardía de la planilla ordinaria y simplificada 2022-2023 770. Los retenedores (empresarios) que no hayan cumplido el plazo del 19 de septiembre (ya sujeto a prórroga) pueden hacer uso de la modificación activa y presentar la declaración antes de esta fecha, abonando un tramo reducido, igual a una décima de 258 euros. a través del formulario F24 con el código fiscal 8911.
- 27 de diciembre: fecha límite por la cual los contribuyentes obligados al pago del IVA anual deben pagar el impuesto al valor agregado con el mod. F24
- 29 de diciembre: último día para presentar tarde el modelo Unico. Como exige la ley, si el contribuyente presenta el formulario dentro de los 90 días siguientes al plazo fijado (30 de septiembre), la declaración aún se considera válida pero, por la demora, la Agencia Tributaria aplica una multa que oscila entre los 258 y los 1.032 euros. . La sanción total puede evitarse si, dentro del mismo plazo de 90 días, se paga espontáneamente una sanción reducida de 25 euros, igual a 1/10 de 258 euros. La declaración presentada con un retraso superior a 90 días se considera omitida, pero constituye en todo caso título para el cobro de los impuestos que de ella se deriven.