Contenido procesado
- Deducción fiscal al 50%
- Los beneficiarios
- Las obras admitidas a la deducción del 50%
- Intervenciones antisísmicas y para edificios afectados por calamidades
- Pago mediante transferencia hablante
La Ley de Estabilidad 2022-2023 ha prorrogado todas las deducciones fiscales por intervenciones en inmuebles, la deducción del IRPF del 50% y el bono ecológico del 65%, así como el bono de mobiliario hasta el próximo 31 de diciembre. A continuación se muestra una mini guía sobre desgravación fiscal para quienes realicen intervenciones de reestructuración a la luz de la extensión prevista por la ley.
Deducción fiscal al 50%
Quienes realicen intervenciones para rehabilitar su vivienda tienen derecho a deducir del IRPF adeudado, el IRPF de las personas naturales, una participación igual al 50% de los gastos incurridos desde el 26 de junio de 23012 hasta el 31 de diciembre de 2022-2023. A partir del 1 de enero de 2022-2023, la deducción se reducirá al 36%. El importe máximo de gasto de deducción es de 96 miles de euros por unidad inmobiliaria única. La deducción se divide en 10 cuotas anuales del mismo monto y para utilizarla es necesario indicar en la declaración de impuestos en los datos catastrales que identifican la propiedad.
Los beneficiarios
Los siguientes pueden beneficiarse de la deducción:
- propietarios o propietarios desnudos
- titulares de un derecho real de disfrute (usufructo, uso, vivienda o superficie)
- inquilinos o prestatarios.
También tiene derecho a la deducción el familiar conviviente del propietario o poseedor del inmueble objeto de la intervención, siempre que asuma los gastos y se le efectúen transferencias bancarias y facturas.
Las obras admitidas a la deducción del 50%
Las siguientes obras están admitidas a la deducción del 50% del IRPF hasta el 31 de diciembre de 2022-2023:
- mantenimiento ordinario solo en las partes comunes de los edificios residenciales (es decir, cimientos, paredes principales, techos y techos planos, escaleras, puertas de entrada, vestíbulos, arcadas, patios, todas las partes del edificio necesarias para uso común, las habitaciones para la portería y para la portería, ascensores, pozos, cisternas, alcantarillado, etc.). La deducción corresponde a cada condominio en base a la milésima parte. A modo de ejemplo indicamos los trabajos de reparación, renovación y reposición de acabados de edificación, la reposición de pisos, ventanas y puertas, la pintura de paredes, techos, accesorios internos y externos, la reconstrucción de yesos internos.
- mantenimientos extraordinarios: son las obras y modificaciones necesarias para la rehabilitación y reposición de partes estructurales de los edificios y para crear e integrar los servicios higiénico / sanitarios y tecnológicos y también la escisión o fusión de unidades inmobiliarias con ejecución de obras, aunque implican la variación de las superficies de las unidades inmobiliarias individuales así como la carga urbana. En ambos casos, el volumen total de los edificios no debe modificarse y debe mantenerse el uso previsto original.
- Restauración y remodelación conservadora: son las obras que tienden a la conservación del inmueble para eliminar y prevenir situaciones de deterioro o adecuar las alturas de los pisos en función de los volúmenes existentes.
- Rehabilitación de edificios: estas intervenciones incluyen el derribo y consecuente reconstrucción fiel del edificio, la modificación de la fachada o la construcción de una buhardilla o un balcón.
Intervenciones antisísmicas y para edificios afectados por calamidades
La Ley de Estabilidad también extendió hasta el 31 de diciembre de 2022-2023 la deducción del Irpef al 65% para las intervenciones antisísmicas realizadas en la casa principal, siempre que el inmueble esté ubicado en áreas sísmicas de alta peligrosidad (zonas 1 y 2 Opcm 20 de marzo de 2003 , núm. 3274). La deducción del IRPF debe calcularse sobre un importe total máximo de 96.000 euros por unidad de inmueble y dividirse en diez cuotas anuales del mismo importe. La restauración o reconstrucción de edificios dañados como consecuencia de eventos calamitosos también se facilita con la deducción del 50% del Irpef, siempre que se haya declarado el estado de emergencia.
Pago mediante transferencia hablante
Para beneficiarse de la deducción del 50% del IRPF hasta el 31 de diciembre de 2022-2023, es necesario que los pagos de los gastos se realicen mediante transferencia bancaria o postal, mostrando elementos como el motivo del pago (la referencia es a la legislación, artículo 16-bis del Dpr 917/1986), el código fiscal del beneficiario de la deducción y el (o el número de IVA) del beneficiario del pago. En el momento del pago de la transferencia, el banco o la oficina de correos realiza una retención del 8%.
El recibo de la transferencia bancaria deberá conservarse y exhibirse, previa solicitud, en caso de cheques, junto con las facturas o comprobantes fiscales correspondientes a los gastos incurridos para la realización de las obras de reforma.