El cupón de tasa fija del 10% también se aplica a los contratos transitorios. Así lo anunció la Agencia Tributaria, proporcionando así importantes aclaraciones sobre el régimen fiscal favorable previsto para quienes alquilan una propiedad para uso residencial.
El cupón seco es un régimen facultativo al que pueden optar los propietarios de inmuebles arrendados pertenecientes a las categorías catastrales A1 a A11 (excluyendo la categoría A10, oficinas y estudios privados) y consiste en pagar un impuesto sobre la renta sustitutivo y de los cargos adicionales relativos al 21% en la mayoría de los casos o al 15% para contratos de alquiler con alquiler pactado relativo a viviendas ubicadas:
- en municipios con desabastecimiento habitacional (artículo 1, letra a) yb) del decreto legislativo 551/1988). En la práctica, se trata de los municipios de Bari, Bolonia, Catania, Florencia, Génova, Milán, Nápoles, Palermo, Roma, Turín y Venecia y los municipios limítrofes, así como los demás municipios de las capitales de provincia.
- en municipios con alta tensión habitacional (identificados por el CIPE).
Hasta 2022-2023, esta tasa se redujo aún más al 10% y también se aplica a los contratos de arrendamiento estipulados en los Municipios para los cuales se aprobó un estado de emergencia en los 5 años anteriores al 28 de mayo de 2022-2023 luego de la ocurrencia de eventos calamitosos. .
Ahora la Agencia Tributaria ha aclarado que el cupón a tanto alzado del 10% también se aplica a los contratos de carácter transitorio, es decir , aquellos que tienen una duración corta, de 1 a 18 meses y estipulados por necesidades particulares (por ejemplo, el cambio de residencia por motivos del director). Cualquiera que haya aplicado la tasa del 21% puede presentar una declaración complementaria y recuperar la diferencia. Las reglas previstas por la ley siguen siendo válidas en cuanto a la aplicación del régimen de cupón: el arrendador puede ejercitar la opción de cupón en el momento del registro del arrendamiento y debe notificar al inquilino por carta certificada de la opción de cupón, lo que significa también la exención de la actualización de la tarifa, incluido el ajuste de Istat.