Pregunta de Paola T. sobre el sistema de calefacción de una propiedad de alquiler : Me gustaría entender cómo se debe gestionar el sistema de calefacción autónomo existente en la propiedad que he alquilado. Soy inquilino de un edificio en el que hay una caldera para calefacción térmica / sanitaria. No me fue posible saber cuándo se instaló el sistema y cuándo se realizó el último mantenimiento "ordinario". Como exige la ley, concerté una cita con el servicio de mantenimiento de la empresa matriz de esta planta. La pregunta es:
- 1) si la planta presentara reparaciones, ¿de quién son responsables?
- 2) ¿No está obligado el propietario a proporcionarme la documentación relacionada con el sistema?
Responde el abogado Stefano Gorla ([email protected])
El arte. 1576 del código civil coloca todas las reparaciones en el propietario, excepto los costos de conservación y mantenimiento ordinario, que siguen siendo responsabilidad del inquilino, mientras que el art. 1609 del mismo código establece que las reparaciones a realizar por el arrendatario son en todo caso las que se deriven del deterioro por uso y no las debidas a la antigüedad o hechos fortuitos. Por lo tanto, se cree que el inquilino es responsable de los costos relacionados con la inspección periódica de la caldera, entendiéndose que cuando surge la necesidad de reparar / adaptar el sistema de calefacción de manera estructural, los costos recaerán, en su totalidad y salvo acuerdo en contrario, en el propietario. También es necesario que el propietario entregue el cuadernillo al inquilino para controles periódicos o que, al menosponerlo a disposición cuando lleguen los técnicos.

Caldera Viessman