Alquileres con cupón seco: aclaramos tus dudas

El cupón seco es un régimen fiscal subvencionado a favor del arrendador de inmuebles residenciales. Como siempre, las dudas de los ciudadanos sobre casos concretos son muchas. Hemos agrupado algunos, sobre los que responde nuestro experto.

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El cupón seco es un régimen fiscal subvencionado a favor del arrendador de inmuebles residenciales. Como siempre, las dudas de los ciudadanos sobre casos concretos son muchas. Hemos agrupado algunos, sobre los que responde nuestro experto.
Cualquiera que sea dueño de una propiedad y la arriende para uso residencial debe pagar impuestos sobre los ingresos recibidos de los contratos de alquiler. Sin embargo, puede beneficiarse de un régimen fiscal subvencionado que toma el nombre de impuesto a tanto alzado sobre los alquileres . A continuación encontrará algunas preguntas de nuestros lectores sobre casos específicos relacionados con el cupón seco y la respuesta de nuestro experto Carlo Tagini, contador (Studio Associato Cerati Tagini, Milán, [email protected]).

Pregunta de Ernesto B .: Mi esposa y yo, en comunidad de bienes, estamos por alquilar un departamento y queremos usar el cupón ordinario. Ya estamos en posesión del modelo de contrato según la ley 431/98. ¿Qué trámites y comunicaciones cronológicas debemos realizar?
Respuesta: Una vez firmado el contrato, hay 30 días, desde la fecha de vigencia del contrato o de la firma, lo que ocurra primero, para proceder al registro del contrato mediante formularios específicos que se entregarán a la Agencia Tributaria junto con el contrato suscrito o electrónicamente mediante un formulario específico. softwaredescargable de la Agencia Tributaria o contactando a un intermediario calificado. Cabe recordar que los contratos sujetos a cupón seco (la opción debe estar indicada en el propio contrato) no pagan impuesto de registro, ni en la fase de registro ni en la fase de renovación y que el ajuste del ISTAT no les aplica.

Pregunta de Valter B .: ¿Cómo se debe registrar una habitación C / 3 utilizada para actividades artesanales? Para pagar los impuestos, ¿se puede optar por el "cupón seco" del 10%?
Respuesta: El cupón seco se aplica solo a propiedades residenciales y, por lo tanto, no se puede utilizar para alquilar un C / 3; en este caso el lector debe registrar el contrato de arrendamiento pagando el impuesto de registro del 2% sobre el monto del alquiler tanto en el momento del registro como anualmente en cada renovación. Este impuesto se carga normalmente al inquilino y al arrendador al 50%. El registro se puede realizar tanto en papel en las oficinas de la Agencia Tributaria como electrónicamente con un software especial descargable desde el sitio web de la Agencia Tributaria.

Pregunta de Rosa : La duda es sobre el Building RP Framework y la renta anual de la propiedad en copropiedad (marido / mujer). Uno eligió un cupón seco y el otro no. El primer informe de alquiler no aumentó por istat; el otro sí. ¿Cuál es el valor del alquiler que se incluirá en las 2 declaraciones separadas, en las que cada una es propietaria del 50%? Si pongo la suma, cuando la divido por 50% es demasiado para el que tiene cupón, y poco para el otro …
Respuesta:Habiendo optado por dos tipos diferentes de tributación cada uno, en su declaración de impuestos, indicará la renta de su competencia: por lo tanto el cónyuge que no haya optado por el cupón seco indicará el 50% de la tasa aumentada por el ISTAT y se aplicará a esta cantidad. su propia tasa de impuesto sobre la renta personal progresiva (neta de la deducción global del 5%), mientras que el cónyuge que ha elegido el cupón seco pagará el 21% sobre la mitad de la tarifa no suscrita del ISTAT. En esencia, cada uno paga impuestos sobre la cantidad que debería recaudar si el inquilino paga a cada uno su parte.

DEL SITIO DE LA AGENCIA DE INGRESOS: PARTE RB - INGRESOS DE EDIFICIOS

Para qué es: debe utilizar la parte RB para declarar los ingresos de los edificios, incluso si estos ingresos no han cambiado con respecto al año anterior. Al completar la parte debes indicar los datos de todos los edificios. En este marco también debe indicar los datos necesarios para aprovechar los beneficios que brindan los contratos de arrendamiento.

Cómo se compone la parte RB: La parte RB se compone de dos secciones: la primera (RB1-RB11) se utiliza para declarar los ingresos de los edificios; el segundo (RB12-RB14), se utiliza para indicar los datos necesarios para aprovechar las facilidades previstas para los contratos de arrendamiento que se analizan a continuación. Si tiene que declarar más de diez situaciones / edificios, se debe completar una casilla adicional, recordando numerar progresivamente la casilla “Mod. N. " ubicado en la parte superior derecha del modelo. En este caso, escriba el ingreso total de los edificios en la línea RB11 de la primera parte que utilizó (Formulario N.1).

Quién debe completar la parte RB: quién es el propietario de los edificios ubicados en el territorio del Estado italiano que están o deben estar inscritos en el registro de la propiedad de los inmuebles como rentables; quien es el titular del usufructo u otro derecho real sobre los inmuebles ubicados en el territorio del Estado italiano que están o deben estar inscritos en los inmuebles del catastro con atribución de anualidad. En caso de usufructo u otro derecho real (por ejemplo, uso o vivienda), el propietario de la "propiedad desnuda" no tiene que declarar el edificio. Ver en el APÉNDICE, ítem "Derecho de residencia"; que sea propietario de inmuebles que se utilicen de forma mixta, es decir, tanto para usos personales o familiares como para actividades profesionales, artesanales o empresariales; aquellos que realicen actividades comerciales para inmuebles que, aunque se utilicen para el ejercicio de su negocio,no se consideran vinculados a la empresa por no haber sido indicados en el inventario ni en el registro de activos depreciables o han sido excluidos, en base a la legislación vigente, del patrimonio de la empresa; los que posean propiedades que según las leyes vigentes no reúnan los requisitos para ser consideradas rurales (ver en el ANEXO, ítem “Edificaciones rurales”).

Pregunta de Cicero L .: Soy dueño de dos casas que alquilo en dos municipios vecinos diferentes. Opté por ambos para el cupón seco. Por una decidí pagar vía F24, por la otra casa por débito en 730. ¿Es este un procedimiento correcto?
Respuesta : Si hablamos de impuesto sobre la renta, diría que el procedimiento no es correcto: la renta derivada del cupón seco debe declararse, junto con el resto de renta, con el modelo 730 o el modelo Unico. Si opta por el 730, los impuestos serán retenidos por el empleador con el salario, si en cambio opta por el modelo Unico, deberá pagar los impuestos con el modelo F24 utilizando los códigos impositivos correspondientes.