Sus preguntas con respecto a las deducciones fiscales son respondidas por Carlo Tagini, contable, Studio Associato Cerati Tagini, Milán, [email protected]
Pregunta de bienvenida B.: Vivo en un apartamento comprado como mi primera casa en noviembre de 2009. Tengo la intención de comprar otro a fin de año a la empresa constructora (está a punto de terminar) y he puesto el mío a la venta a través de una agencia. ¿Todavía tengo derecho en la compra del nuevo apartamento a las concesiones como primera vivienda?
Respuesta: Para tener derecho a los beneficios de la primera vivienda, no se debe ser propietario o poseedor de ningún otro derecho real sobre: 1) otra vivienda en el territorio del Municipio donde se ubica la propiedad objeto de la compra subvencionada 2) otra vivienda, en todo el territorio nacional , también comprada por el cónyuge, aprovechando las concesiones para la compra de una primera vivienda.Por lo tanto, en este caso, para aprovechar la primera ventaja de vivienda, es necesario vender primero la propiedad y luego comprar la nueva.
Pregunta de Stefano C.: Propietario de una primera vivienda comprada con descuentos en 2004, teniendo que trasladarse por trabajo (con cambio de residencia) a otro municipio de otra Comarca, ¿es posible aprovechar los beneficios por la compra de un inmueble A / 3?
Respuesta:Para tener derecho a los beneficios de la primera vivienda, el comprador debe declarar que no es propietario, ni siquiera por acciones o en comunión legal, en todo el territorio nacional, de los derechos de propiedad, uso, usufructo, vivienda o mera propiedad sobre otro inmueble adquirido, también por el cónyuge, aprovechando las concesiones para la compra de una primera vivienda. Por lo tanto, no puede volver a aprovechar las instalaciones de la primera vivienda a menos que primero venda la propiedad que posee: señalo que en este caso será posible deducir el impuesto de registro pagado por la primera compra de la segunda compra.
Pregunta de Giuseppe S.: Ya soy dueño de una primera casa, quiero comprar una segunda casa para renovarla y luego ocuparla y vender la primera. Pregunta: ¿puedo tener exenciones de impuestos para una segunda vivienda? ¿Tengo que pagar imu por una segunda vivienda aún por renovar? ¿Se gravan los contadores por segunda vivienda?
Respuesta: En este caso, es posible aprovechar los beneficios de la primera vivienda (por lo tanto, impuesto de registro reducido) solo si las dos propiedades no están ubicadas en el mismo municipio y si durante la compra de la propiedad que actualmente es de su propiedad no se ha beneficiado ya de la misma instalación.. En cuanto a la IMU, el impuesto se paga a menos que se trate de una propiedad inutilizable, en cuyo caso se prevé una reducción de la tasa del 50%. Finalmente, en lo que respecta a los servicios públicos, como es una segunda residencia, creo que se deberían aplicar las tarifas para este caso.
Pregunta de Rocco T.: Pronto estaré renovando mi apartamento y, por lo tanto, tengo la intención de aprovechar el bono de muebles ya que tendré que comprar un dormitorio nuevo, una cocina nueva y más. Tengo la posibilidad, si compro antes de enero, de tener un gran descuento en el precio. Mi pregunta es la siguiente: ¿Cómo puedo demostrar que la compra de muebles está relacionada con la renovación? Dado que no es necesario ningún trámite administrativo para la obra que tendré que realizar, ¿cómo puedo acreditar que la reforma se inició antes de la compra del mobiliario?
Respuesta: requisito esencialpara obtener el "bono de muebles" es que la fecha de inicio de las obras de renovación sea anterior a la compra de muebles y electrodomésticos; sin embargo, es posible aprovechar la bonificación antes mencionada incluso si los gastos de compra de muebles y grandes electrodomésticos se incurren antes que los de renovación del inmueble, siempre que ya se hayan iniciado las obras de renovación del inmueble. a qué están destinados los productos. La fecha de inicio se puede acreditar mediante comunicaciones realizadas a la Municipalidad o la ASL, o, para obras para las que no es necesaria comunicación, también se puede acreditar mediante declaración sustitutiva de escritura pública. (Artículo 47 del Decreto Presidencial 445/2000), según lo prescrito por disposición del director de la Agencia Tributaria de 2 de noviembre de 2011.
Pregunta de Valentina B.: ¿Llevar los sistemas (principalmente eléctricos) al estándar da lugar a una deducción por la compra de muebles?
Respuesta: Para poder beneficiarse del bono de mobiliario es necesario que exista una reforma del edificio, o en todo caso un mantenimiento extraordinario o restauración conservadora del inmueble , por lo que se considera que el simple ajuste de los sistemas eléctricos no es un requisito previo suficiente para la obtención del bono antes mencionado. .
Pregunta de Maria Teresa B .: en 2022-2023 empezaré a reformar una casa un tercio heredada de mi madre. La legislación prevé una deducción del impuesto sobre la renta de las personas físicas (para el año 2022-2023) del 40% sobre los gastos de reestructuración con un límite máximo de 96.000 €. Para aprovechar el bono de muebles, que aparentemente ya no estará para el año 2022-2023, ¿qué podría comenzar a renovar de inmediato? La exención de impuestos estará a nombre de mi esposo (incluso si no es el dueño de la propiedad) ya que los pagos se harán a su nombre, ¿es correcto?
Respuesta: Con la ley de estabilidad se han ampliado las instalaciones para la rehabilitación de edificios hasta finales de 2022-2023 , por tantoaprovechar el 50% para la reestructuración dentro del límite de 96.000 euros obviamente y también del bono de mobiliario también ampliado hasta el 31/12/2022-2023 con las mismas modalidades de 2022-2023. Además, el marido, como cónyuge conviviente, tiene derecho a aprovechar las facilidades, obviamente en el caso de que realice el pago y realice las transferencias bancarias con las reglas habituales establecidas desde hace años por la ley de subvenciones (en el banco encontrará los formularios correctos que van completado con todos los datos necesarios)