Eco-bonificación: 65% de deducción del impuesto sobre la renta de las personas físicas hasta el 31 de diciembre de 2022-2023

Hasta el 31 de diciembre de 2016, quienes realicen intervenciones en el ahorro energético de los edificios podrán beneficiarse del eco-bono, la deducción fiscal del 65%. Aquí están las otras intervenciones facilitadas introducidas por la Ley de Estabilidad y la novedad que para aquellos que no pueden utilizar la instalación.

Hasta el 31 de diciembre de 2022-2023, quienes realicen intervenciones en el ahorro energético de los edificios podrán beneficiarse del eco-bono, la deducción fiscal del 65%. Aquí están las otras intervenciones facilitadas introducidas por la Ley de Estabilidad y la novedad que para aquellos que no pueden utilizar la instalación.

Contenido procesado

  • 65% de deducción
  • Las intervenciones facilitadas
  • Deducción por sistemas domóticos
  • Venta del eco-bono a la empresa

La Ley de Estabilidad de 2022-2023 amplió la deducción al 65% para las intervenciones de ahorro energético en edificios, el llamado eco-bono, hasta el 31 de diciembre del próximo año , y también introdujo algunas novedades. Veamos en detalle cuáles son y resumamos los aspectos más relevantes de la deducción fiscal.

65% de deducción

La posibilidad de deducir del impuesto sobre la renta adeudado los gastos incurridos por intervenciones que aumenten el nivel de eficiencia energética de los edificios existentes se denomina eco-bonificación. Para las intervenciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022-2023, la deducción es igual al 65% y el límite de gasto varía según el tipo de intervenciones que se realicen en el inmueble.

Las intervenciones facilitadas

En particular, la deducción se reconoce si los gastos se incurrieron en intervenciones de:

  • recalificación energética de edificios existentes - deducción máxima de 100.000 euros
  • envolvente del edificio (por ejemplo, paredes, ventanas, incluidos los marcos de las ventanas, en edificios existentes) - deducción máxima 60.000 euros
  • instalación de paneles solares - deducción máxima 60.000 euros
  • Reemplazo de los sistemas de aire acondicionado de invierno - deducción máxima de 30.000 euros
  • compra e instalación de protección solar (esto incluye persianas exteriores, cierres de oscurecimiento, dispositivos de protección solar en combinación con ventanas, y en general las pantallas a que se refiere el Anexo M del Decreto Legislativo 29 de diciembre de 2006, n. 311. Los blindajes deberán contar además con el marcado CE, en su caso y en la fecha de la solicitud de deducción el edificio afectado por la instalación de los blindajes deberá ser "existente", es decir, apilado o con solicitud de apilamiento en curso) - deducción máxima 60.000 euros
  • compra e instalación de sistemas de aire acondicionado de invierno equipados con generadores de calor alimentados por combustibles de biomasa (esto incluye calderas de biomasa, estufas de combustible sólido, aparatos de calefacción domésticos de pellets (potencia inferior a 50 KW), cocinas térmicas , insertos de combustible sólido, aparatos de liberación lenta de calor alimentados con combustibles sólidos, quemadores de pellet para pequeñas calderas de calefacción) - deducción máxima 30.000 euros.

Deducción por sistemas domóticos

Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022-2023 será posible deducir el 65% de los gastos incurridos por la compra, instalación e instalación de dispositivos multimedia para el control remoto de sistemas de calefacción o producción del IRPEF Agua caliente o aire acondicionado de edificios. Estos sistemas deben tener como objetivo aumentar la conciencia de los usuarios sobre el consumo energético, así como garantizar el funcionamiento eficiente de los sistemas. Estos dispositivos también deben mostrar, a través de canales multimedia, el consumo de energía mediante el suministro periódico de datos. Además, deben mostrar las condiciones de funcionamiento y las temperaturas de regulación de los sistemas, así como permitir el encendido, apagado y programación semanal de los sistemas a distancia.No se ha indicado un límite de gasto.

Venta del eco-bono a la empresa

La Ley de Estabilidad también prevé la posibilidad de que los no contribuyentes, aquellos que no pagan impuestos porque tienen ingresos muy bajos y como tales no son elegibles para bonificaciones y deducciones fiscales, devengan el bono ecológico por trabajos realizados en partes comunitarias de edificios residenciales para la empresa.

Así, los sujetos que se encuentren en la denominada "zona no tributaria", por tanto jubilados, asalariados y autónomos con rentas no superiores a 8 mil euros anuales, podrán traspasar la deducción fiscal del 65% que no pueden utilizar a la empresa que realiza la obra de recalificación energética. en partes comunes de edificios residenciales, es decir, condominios. Un incentivo por tanto para realizar estas intervenciones ya que la empresa que se beneficiará del eco-bono podrá a su vez realizar un descuento en el condominio. No obstante, los procedimientos operativos deben definirse con disposición del director de la Agencia Tributaria, que se emitirá dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la Ley de Estabilidad de 2022-2023.