Contenido procesado
- ¿Cuándo debe registrarse y cómo el contrato de alquiler?
- Cuanto pagas
- Las sanciones
Al arrendar una propiedad , el contrato que se estipule debe registrarse en la Agencia Tributaria. ¿Cuáles son las reglas a seguir? ¿Y cuáles son los riesgos en caso de no registrarse? Aquí hay información útil en resumen.
¿Cuándo debe registrarse y cómo el contrato de alquiler?
El contrato con el que se otorga un inmueble arrendado debe registrarse, independientemente del monto del alquiler pero siempre que la duración del arrendamiento supere los 30 días en el transcurso de un año. Por tanto, para los contratos de corta duración, por ejemplo los de alquiler de una vivienda vacacional, el registro no es obligatorio.
Cómo registrar un contrato de arrendamiento Dijimos que el registro debe realizarse dentro de los 30 días posteriores a la firma del contrato de arrendamiento. Las formas en las que se puede registrar un contrato de arrendamiento son:
- en línea desde el sitio web de la Agencia Tributaria
- en un mostrador de la Agencia Tributaria.
También es posible designar a un tercero, como un contador o un Caf para realizar el registro. En ambos casos, se debe completar un formulario específico, llamado RLI, que está disponible en línea en el sitio web de la Agencia de Ingresos. Para quienes utilicen el registro electrónico, deberán seguir el procedimiento en línea luego de acceder a las credenciales emitidas por la misma Agencia (Fiscoline) y utilizar la aplicación "arrendamientos y alquiler de propiedades (RLI)", gratuita, en versión software o en versión web. El formulario RLI se preparará en la oficina local, que se puede descargar del sitio web de la Agencia Tributaria o se puede encontrar en la oficina. En el mostrador se deben presentar al menos dos originales del contrato y el comprobante de pago de los derechos de registro y timbre.
Cuanto pagas
Cuando registre el contrato y complete el formulario RLI,en línea o en el mostrador de ingresos, se debe pagar el impuesto de registro equivalente al 2% de la tarifa anual. El impuesto se paga simultáneamente con el registro del contrato. Se prevé una reducción del 30% en la base imponible sobre la que calcular el impuesto de matriculación sólo para los contratos de alquiler con alquiler pactado para inmuebles ubicados en uno de los municipios con alta tensión habitacional. El pago del primer año no puede ser inferior a 67 euros. El propietario y el inquilino pagan el impuesto de manera conjunta, por lo que el monto se divide a la mitad. Además del impuesto de matriculación, en el momento de la matriculación también se adeuda el impuesto de timbre, que tiene un importe fijo de 16 euros por cada hoja, formada por cuatro caras para un total de cien líneas. Quienes registren el contrato online, a través de la aplicación telemática RLI,podrá pagar impuestos mediante domiciliación bancaria en su cuenta corriente. Cuando no elige pagarlos mediante débito en la cuenta corriente, los impuestos adeudados se pueden pagar con el modelo f24 Elide, que reemplazó al modelo F23 anterior. El código fiscal que se utilizará en el caso de la primera matriculación para el impuesto de matriculación es "1500", mientras que el impuesto de timbre también se puede pagar mediante pago electrónico contra reembolso.
Las sanciones
El arrendador está obligado a registrar el contrato de arrendamiento dentro de los 30 días y en los próximos 60 días debe notificar al inquilino del registro, así como al administrador en el caso de una propiedad ubicada en un condominio. En el caso de que el contrato no esté registrado por ley, no existe y el inquilino tiene derecho a apelar ante el juez para verificar su existencia. En caso de registro tardío o omitido del contrato de arrendamiento, se paga un impuesto de registro que oscila entre el 120% y el 240% del impuesto de registro adeudado. En caso de retraso en el pago del impuesto de matriculación, la sanción aplicable es del 30% del impuesto pagado tarde. Las sanciones también pueden reducirse si el contribuyente se beneficia del arrepentimiento activo,la institución con la que se pueden subsanar las infracciones fiscales de forma espontánea y en plazos precisos mediante el pago de sanciones reducidas. Así, en el caso de registro del contrato de arrendamiento dentro de los 30 días, la penalidad a aplicar será igual al 12% del impuesto de registro a pagar (1/10 del 120%). Si la corrección se realiza dentro de los 90 días, la penalidad será igual al 13,33% del impuesto de registro a pagar (1/9 del 120%), dentro de 1 año el 15% del impuesto de registro a pagar y más de dos años, la pena a aplicar será del 20%.33% del impuesto de matriculación a pagar (1/9 del 120%), dentro de 1 año el 15% del impuesto de matriculación a pagar y más allá de dos años, la penalidad a aplicar será del 20%.33% del impuesto de matriculación a pagar (1/9 del 120%), dentro de 1 año el 15% del impuesto de matriculación a pagar y más allá de dos años, la penalidad a aplicar será del 20%.