Bonificaciones móviles, IVA, Imu, Tasi, Tari ...: un pequeño glosario de ayuda

Tabla de contenido:

Anonim
Todos los días escuchamos sobre IVA, Imu, Tasi, deducciones de impuestos, etc: pero ¿qué significan? A continuación se incluye un glosario con términos de uso común y sus significados.

Contenido procesado

  • Bonos móviles
  • Bono verde
  • Cupón seco
  • Deducción por reestructuración
  • Ecobonus
  • IVA
  • imu
  • Irpef
  • Iuc
  • Tasi
  • Tari

Bonos móviles

Deducción del Irpef del 50% por la compra de muebles y grandes electrodomésticos de clase no inferior a A + (A para hornos), destinados a amueblar un inmueble en rehabilitación. La concesión se ha extendido para compras que se realizarán en 2022-2023, pero solo podrán solicitarla quienes realicen un proyecto de rehabilitación de edificio que se inició el 1 de enero de 2022-2023. La deducción es por los gastos incurridos hasta el 31 de diciembre de 2022-2023 por la compra de muebles nuevos y grandes electrodomésticos nuevos de clase energética no inferior a A +, (A para hornos), para equipos para los que se requiere la etiqueta energética. . La bonificación debe dividirse entre los titulares en diez cuotas anuales del mismo importe y se calcula sobre un importe total no superior a los 10.000 euros.Para aprovechar el subsidio, es necesario que la fecha de inicio de las obras sea anterior a aquella en la que se incurren los gastos por la compra de muebles y grandes electrodomésticos. Para tener la deducción, los pagos deben realizarse mediante transferencia bancaria o tarjeta de débito o crédito. Sin embargo, no está permitido pagar con cheques bancarios, efectivo u otros medios de pago.

Bono verde

El bono verde es una deducción del Irpef del 36% sobre los gastos incurridos en 2022-2023 para las siguientes intervenciones: arreglo verde de áreas privadas descubiertas de edificios existentes, unidades inmobiliarias, electrodomésticos o cercas, sistemas de riego y construcción de pozos y construcción de techos verdes. y jardines colgantes. La deducción debe dividirse en diez cuotas anuales de igual importe y calcularse sobre un importe máximo de 5.000 euros por unidad residencial, incluidos los costes de planificación y mantenimiento asociados a la ejecución de las intervenciones. La deducción máxima es de 1.800 euros por inmueble (36% de 5.000). El pago de los gastos debe realizarse mediante herramientas que permitan la trazabilidad de las operaciones (por ejemplo, transferencia bancaria o postal).

Cupón seco

El cupón seco es un régimen facultativo, que se materializa en el pago de un impuesto a la renta sustitutivo e impuestos adicionales (por la parte que se derive de la renta del inmueble). Para los contratos con cupón seco, no se pagará el impuesto de registro y el impuesto de timbre, que normalmente se adeuda por registros, terminaciones y extensiones de arrendamientos. La elección del cupón seco implica la renuncia al derecho a solicitar, durante todo el período de vigencia de la opción, la actualización del alquiler, aunque esté previsto en el contrato, incluida la variación comprobada por Istat del índice de precios nacional. al consumo de las familias de trabajadores y empleados del año anterior.La opción de cupón se puede ejercer para las unidades inmobiliarias pertenecientes a las categorías catastrales de A1 a A11 (excluyendo A10 - oficinas o estudios privados) alquiladas para uso residencial y para los accesorios relacionados, alquilados junto con la vivienda. El impuesto sustitutivo se calcula aplicando una tasa del 21% sobre la renta anual establecida por las partes (al 15% para contratos de alquiler con alquiler pactado relativo a viviendas ubicadas en municipios con desabastecimiento de vivienda y en aquellos con alta tensión alojamiento).El impuesto sustitutivo se calcula aplicando una tasa del 21% sobre la renta anual establecida por las partes (al 15% para contratos de alquiler con alquiler pactado relativo a viviendas ubicadas en municipios con desabastecimiento de vivienda y en aquellos con alta tensión alojamiento).El impuesto sustitutivo se calcula aplicando una tasa del 21% sobre la renta anual establecida por las partes (al 15% para contratos de alquiler con alquiler pactado relativo a viviendas ubicadas en municipios con desabastecimiento de vivienda y en aquellos con alta tensión alojamiento).

Deducción por reestructuración

La desgravación fiscal sobre las intervenciones de renovación de edificios, regidas por el art. 16-bis del Decreto Presidencial 917/86 - Consiste en una deducción del IRPEF del 36% de los gastos incurridos, hasta un importe total de los mismos que no supere los 48.000 euros por unidad de inmueble. Para los gastos incurridos desde el 26 de junio de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2022-2023 se puede aprovechar una deducción superior (50%) y el límite máximo de gasto es de 96.000 euros. La deducción debe dividirse en 10 cuotas anuales iguales. Para beneficiarse de la deducción es necesario pagar los gastos por medio de la transferencia y también es suficiente indicar en la declaración de impuestos los datos catastrales que identifican el inmueble y, si la obra la realiza el propietario,los detalles de la inscripción de la escritura que constituye el título y los demás datos necesarios para comprobar la deducción.

Ecobonus

La subvención consiste en una deducción del IRPEF o IRES y se concede cuando se realizan intervenciones que aumentan el nivel de eficiencia energética de los edificios existentes. En general, las deducciones se reconocen si los gastos se incurren en la reducción de las necesidades energéticas para calefacción, la mejora térmica del edificio (aislamiento - pisos - ventanas, incluyendo accesorios), la instalación de paneles solares y el reemplazo de sistemas de aire acondicionado de invierno. La deducción es igual al 65% y al 50% - según el tipo de intervenciones - por los gastos incurridos desde el 6 de junio de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2022-2023.

IVA

Impuesto indirecto, es decir, que afecta al consumo (es decir, una entrega de bienes o una prestación de servicios), el IVA es el impuesto sobre el valor añadido que se aplica a cada suministro con la obligación de recurso, es decir, con la obligación, por del proveedor, adeudarlo al cliente y luego pagarlo al Estado. El impuesto tiene diferentes tipos: 4 por ciento (tipo mínimo), que se aplica, por ejemplo, a las ventas de artículos de primera necesidad (alimentación, prensa diaria o periódica, etc.); 10 por ciento (tipo reducido), aplicado a los servicios turísticos (hoteles, bares, restaurantes y otros productos turísticos), a determinados productos alimenticios y determinadas operaciones de recuperación de edificios; 22 por ciento (tipo ordinario), que se aplicará en todos los casos en que la legislación no prevea uno de los dos tipos anteriores.

imu

El Impuesto Municipal Propio (IMU) se aplica a la propiedad de los edificios, excluidas las viviendas principales clasificadas en las categorías catastrales distintas de A / 1, A / 8 y A / 9, de áreas de construcción y terrenos agrícolas y es pagadero por el propietario o por el titular de otro derecho real (usufructo, uso, vivienda, arrendamiento, superficie). La IMU, a partir de 2012, sustituyó al impuesto predial municipal (ICI). El prerrequisito de la IMU es la posesión de edificios, áreas de construcción y terrenos agrícolas. La residencia principal, es decir, la unidad inmobiliaria en la que el sujeto pasivo y su familia residen y residen habitualmente, si no es de lujo o valiosa, no está sujeta al impuesto.

Irpef

El IRPEF es el impuesto que se aplica a la renta de las personas físicas. Es un impuesto directo, progresivo y proporcional al monto real de todos los ingresos que recibe el contribuyente. El impuesto se aplica sobre los ingresos de la tierra, los ingresos del capital, el trabajo de los empleados, el trabajo por cuenta propia, los negocios y otros ingresos. Sin embargo, no se aplica a los jubilados mayores de 75 años que tengan unos ingresos totales inferiores a 8.000 euros y a los empleados con unos ingresos totales inferiores a 8.174 euros anuales. El impuesto debe pagarse sobre la base de cinco tramos de renta correspondientes a cinco tasas del impuesto sobre la renta de las personas físicas situadas en el rango entre el 23% y el 43%.

Iuc

El impuesto municipal único (IUC), introducido a partir del año 2022-2023, se basa en dos supuestos fiscales: el primero consistente en la posesión de inmuebles y vinculado a la naturaleza y valor de los mismos y el segundo vinculado al suministro y uso de los servicios municipales. El IUC está compuesto por el impuesto municipal (IMU), a cargo del propietario del inmueble, y un componente relativo a los servicios, que se divide en el impuesto por servicios indivisibles (tasi), a cargo tanto del propietario como del usuario. la propiedad, y en el impuesto a los residuos (tari), destinado a financiar los costos del servicio de recolección y disposición de residuos, con cargo al usuario. Las casas principales están excluidas tanto del IMU como del TASI, a excepción de las clasificadas en las categorías catastrales A / 1,A / 8 y A / 9, que siguen sujetos a ambos impuestos.

Tasi

El impuesto por servicios indivisibles (TASI) se aplica a la posesión o posesión por cualquier motivo de edificios - con excepción de la residencia principal distinta a la clasificada en las categorías catastrales A / 1, A / 8 y A / 9 - y de áreas edificios, mientras que se excluyen las tierras agrícolas.
El TASI lo paga el titular del derecho real y, en el caso de que la propiedad sea ocupada por una persona distinta a esta, también por el ocupante (en la medida que establezca el municipio, entre el 10% y el 30% del impuesto total adeudado).

Tari

El impuesto a los residuos (TARI) es el impuesto destinado a financiar los costes relacionados con el servicio de recogida y eliminación de residuos y lo paga todo aquel que posea o posea locales o áreas descubiertas por cualquier motivo que sea capaz de producir los residuos por sí mismo. El impuesto reemplazó a los antiguos TARSU, TARES y TIA.