Decreto de crecimiento: novedades sobre bonos ecológicos y medidas antisísmicas

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Anonim
En vigor a partir del 1 de mayo de 2022-2023, el Decreto de Crecimiento, entre las muchas medidas, introduce algunas innovaciones importantes con respecto a las deducciones fiscales sobre las propiedades. Veamos qué es.

Las noticias sobre el tema de las deducciones fiscales sobre bienes inmuebles provienen del Decreto de Crecimiento, Decreto Legislativo n. 34/2021, que contiene “Medidas urgentes para el crecimiento económico y para la resolución de situaciones de crisis específicas”, vigente desde el 1 de mayo de 2022-2023. Veamos en detalle de qué se trata.

Incentivo a la compra de viviendas antisísmicas

El Decreto Ley n. 50 de 2022-2023 ha proporcionado un nuevo incentivo para quienes compran casas resistentes a los terremotos. En particular, este incentivo prevé que a raíz de las intervenciones para la reducción del riesgo sísmico que se realicen en los Municipios que se encuentren en áreas calificadas como "riesgo sísmico 1" (identificadas por orden del Presidente del Consejo de Ministros nº 3519 de 28 de abril de 2006) hasta demolición y reconstrucción de edificios enteros, quienes compren la propiedad en el edificio reconstruido pueden beneficiarse de una deducción igual a:

  • 75% del precio de compra de la unidad inmobiliaria única, según consta en la escritura pública de compraventa, si la implementación de las intervenciones resulta en una reducción del riesgo sísmico que determina la transición a una clase de menor riesgo
  • 85% del precio de la unidad inmobiliaria única, resultando en escritura pública de compraventa , si la implementación de las intervenciones implica una reducción del riesgo sísmico que determina la transición a dos clases de menor riesgo.

Ahora el Decreto de Crecimiento ha extendido este incentivo y se extiende a las intervenciones que se realicen en los Municipios comprendidos en las áreas clasificadas como " riesgo sísmico" 2 y 3.

Incentivos de eficiencia energética y riesgo sísmico

El Decreto también introduce la posibilidad de que quienes asuman los costes de las intervenciones de eficiencia energética y aquellos destinados a la adopción de medidas antisísmicas reciban una contribución, anticipada por el proveedor que realizó la intervención, en forma de descuento sobre el importe adeudado.. Básicamente significa que el contribuyente que realiza las intervenciones en cuestión tiene una alternativa frente a él: optar por beneficiarse de bonificaciones fiscales o tener un descuento en los costes de la intervención por parte del proveedor. Posteriormente, la contribución se recuperará del proveedor como un crédito fiscal por el mismo monto, para ser utilizado como compensación, en 5 cuotas anuales del mismo monto, sin aplicar los límites de resarcibilidad. Sobre las modalidades específicas de cómo funcionará este descuento, se esperan aclaraciones por parte de la Agencia Tributaria.