Redditómetro, efectivo a partir del 1 de agosto. Reglas de la Agencia de Ingresos

Anonim
El funcionamiento del contador de ingresos se aclara en una circular de la Agencia Tributaria. Se apunta a los ingresos declarados en 2009 y años posteriores.

La Agencia Tributaria ha regulado las instrucciones de uso del contador de ingresos . De hecho, el 31 de julio emitió un panfleto de 35 páginas con las indicaciones operativas que rigen la liquidación sumaria de ingresos declarados para el año 2009 y siguientes , según exige la ley 122 de 30 de julio de 2010.

El contador de ingresos es un mecanismo que mide cuánto ha gastado el contribuyente en un período determinado. En concreto, se han definido cerca de un centenar de partidas de gasto , atribuibles a las siguientes macrocategorías : "Consumo de alimentos, bebidas, confección y calzado", "Hogar", "Combustibles y energía", "Mobiliario, electrodomésticos y servicios" , “Salud”, “Transporte”, “Comunicaciones”, “Educación”, “Ocio, cultura y juegos”, “Otros bienes y servicios” e “Inversiones”.

A partir de la presunción relativa que la cantidad gastada por el contribuyente se financió con los ingresos declarados para ese año, los inspectores de hacienda que se detecte una disparidad de al menos el 20% entre los ingresos declarados y de la capacidad de gasto real y el nivel de vida voluntad Active una primera verificación y, si es necesario, inicie la evaluación. Esto significa que en esta primera fase, las diferencias más consistentes entre los ingresos declarados en 2009 y los reconstruidos por las autoridades fiscales estarán en la mira de la Agencia Tributaria.

El contribuyente puede demostrar la corrección de sus acciones , aportando cualquier prueba tanto antes como después del inicio del trámite. Si el contribuyente brinda aclaraciones exhaustivas, la actividad de control basada en la reconstrucción sintética de ingresos finaliza en la primera fase del contrainterrogatorio, en caso contrario las autoridades tributarias también solicitarán una cuenta de los gastos más comunes, estimados según índices Istat . En particular, puede justificar la financiación de gastos incurridos a través de rentas distintas de las mantenidas en el mismo período impositivo, rentas exentas, rentas sujetas a retención en origen, rentas legalmente excluidas de la formación de la base imponible.