Contenido procesado
- Ecobonus y sismabonus: el descuento en la factura
- Que debe hacer el proveedor
- Comunicación a la Agencia Tributaria
Introducido por el Decreto de Crecimiento, el descuento en la factura provisto para los contribuyentes que se benefician de las deducciones por intervenciones de reurbanización energética y reducción del riesgo sísmico, ahora está regulado por la Agencia Tributaria. El Dl n. 34 de 2022-2023 introdujo la posibilidad de que quienes realicen intervenciones de recalificación energética y reducción del riesgo sísmico en su propiedad opten, en lugar de deducciones fiscales, por un aporte del mismo monto, en forma de descuento sobre el monto adeudado, anticipado por el proveedor. quién llevó a cabo las intervenciones.
Precisamos que, también en base a la retroalimentación que recibimos de los lectores, ningún proveedor, ni siquiera las grandes cadenas que venden por ejemplo electrodomésticos (y entre estos aires acondicionados), parecen dispuestos a otorgar el descuento a cambio de la cesión de crédito por la compra de acondicionadores. Sin embargo, veamos en detalle lo que exige la ley en general.
Ecobonus y sismabonus: el descuento en la factura
Con una disposición, la Agencia Tributaria ha indicado los métodos sobre cómo y cuándo comunicar la opción. En la práctica, quienes reemplazan los accesorios, el sistema de calefacción o instalan una caldera de condensación o incluso quienes realizan intervenciones de consolidación de su vivienda, en lugar de tener la deducción fiscal al 50, 65 u 85% (según las intervenciones)puede transferir el beneficio al vendedor o al proveedor de la intervención, quien de esta manera hace un descuento inmediato del mismo monto en la factura. El descuento que se puede obtener es igual a la deducción a la que se tendría derecho por intervenciones de reurbanización energética y reducción del riesgo sísmico, en base a los gastos incurridos al 31 de diciembre de cada año. El importe se calcula teniendo en cuenta el coste a pagar incluido el importe no pagado por el descuento. El pago debe realizarse mediante transferencia bancariael cual debe mostrar el motivo del pago, el código fiscal del beneficiario de la deducción y el código fiscal o número de IVA del proveedor. Así que por un sistema de climatización de 1.200 euros, obtendrás factura a precio completo, pero el traspaso a realizar solo será de 600 euros, la mitad.
Que debe hacer el proveedor
El proveedor que decida aplicar el descuento recupera el importe relativo en forma de crédito fiscal para ser utilizado exclusivamente en la compensación a través del formulario F24, a partir del día 10 del mes siguiente a aquél en el que se comunicó la opción de la descuento, en cinco cuotas anuales del mismo monto. La parte del crédito que no se usa en el año se puede usar en años posteriores, pero no se puede solicitar como reembolso. El proveedor, como alternativa a utilizarlo como compensación, también puede ceder el crédito fiscala sus proveedores, incluidos los indirectos, de bienes y servicios, con la exclusión de la posibilidad de nuevas transferencias por parte de estos últimos. En todo caso, se excluye la transferencia a entidades de crédito e intermediarios financieros, así como a administraciones públicas.
Comunicación a la Agencia Tributaria
Los beneficiarios de las deducciones, de acuerdo con el proveedor, deberán sin embargo comunicar a la Agencia el ejercicio de la opción de aprovechar el descuento, en lugar de la deducción. Para intervenciones realizadas sobre unidades inmobiliarias individuales, la opción deberá ser comunicada a la Agencia Tributaria, bajo pena de ineficacia, en el área de la web institucional, antes del 28 de febrero del año siguiente al de incurrir en los gastos que den. derecho a deducciones. La comunicación también se puede presentar a las oficinas de impuestos, utilizando el formulario específico, que también se puede enviar por correo electrónico certificado. La comunicación debe indicar:
- el nombre y el código fiscal de la persona con derecho a la deducción,
- el tipo de intervención realizada,
- la cantidad total
- el año en el que se incurrió en el gasto
- el monto total de la contribución solicitada (igual a la deducción adeuda)
- los datos catastrales del inmueble objeto de la intervención
- el nombre y el código fiscal del proveedor que aplica el descuento
- la fecha en la que se ejerció la opción
- el consentimiento del proveedor para ejercer la opción
- confirmación del reconocimiento de la aportación, en forma de descuento del mismo importe sobre la contraprestación adeudada por la intervención realizada.
Para las intervenciones que se realicen en las partes comunes de los edificios de condominios, la disposición establece que la comunicación de la opción siempre se realiza a la Agencia a más tardar el 28 de febrero del año siguiente al de incurrir en los gastos que dan derecho al administrador a deducciones. condominio, a través del flujo de información utilizado para transmitir los datos necesarios para la preparación de la declaración de impuestos precargada.