Hacer la terraza para el invernadero solar

El invernadero solar, que se utiliza cada vez más en viviendas unifamiliares pero también en condominios, es un tipo particular de terraza que tiene ventajas particulares. Nuestro experto explica cuáles.

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El invernadero solar, que se utiliza cada vez más en viviendas unifamiliares pero también en condominios, es un tipo particular de terraza que tiene ventajas particulares. Nuestro experto explica cuáles.

¿Qué es el invernadero solar ? Averigüemos en las citas en profundidad con nuestros expertos en la " veranda ". El invernadero solar es una veranda particular que, dentro de ciertos límites, tiene la ventaja de no considerarse un aumento del volumen de la casa . Es una solución cada vez más utilizada, especialmente en viviendas unifamiliares, pero que también se propone para terrazas de condominios.

¿Cómo hacer la veranda para obtener el invernadero solar?
Arco. Ornella Musilli - www.libera-design.it

Cuándo se puede hacer - líneas generales
En el caso de los invernaderos solares, se trata de sistemas bioclimáticos pasivos . Citamos, a modo de ejemplo, el Reglamento de construcción de Milán y Roma.

Reglamento de Construcción de Milán, Art. 131 "INVERNADEROS BIOCLIMÁTICOS Y SISTEMAS PASIVOS DE RECOGIDA DE ENERGÍA"

1. No se contabilizan a efectos volumétricos los invernaderos y los sistemas pasivos de captación y explotación de energía solar, construidos en edificios nuevos y en edificios existentes, siempre que cumplan todas las condiciones siguientes:

  • integrarse en la organización del edificio;
  • tener una profundidad de no más de 1,5 metros;
  • tener una superficie neta inferior o igual al 15% del área útil de cada subordinado al que estén conectados;
  • la superficie de dispersión debe ser de elementos transparentes con U ≤ 1,5 W / m2K al menos el 50%;
  • ser abrible para una superficie igual a al menos un tercio del desarrollo de la envolvente;
  • estar equipados con pantallas y / o dispositivos móviles o extraíbles , para evitar el sobrecalentamiento en el verano, diseñados para reducir la radiación solar máxima en al menos un 70% durante el período estival;
  • garantizar una reducción de al menos el 10% del índice de necesidades de energía primaria no renovable para el aire acondicionado o la calefacción de invierno de cada subordinado al que estén conectados; esta reducción no es necesaria si su realización se produce como parte de una rehabilitación de edificio que implica más del 25% de la superficie dispersante de todo el edificio al que están integrados y, en consecuencia, se cumplen los requisitos de DDUO 6480. / 2022-2023;
  • no estar equipado con un sistema de calefacción o refrigeración.

En el caso de invernaderos y sistemas pasivos de captación y explotación de energía solar construidos en las fachadas no orientadas en ángulo entre ± 45 ° con respecto al sur, se deberá adjuntar el archivo digital a la presentación o solicitud de título. (archivo .xml o cualquier actualización) con los detalles del cálculo realizado para demostrar la reducción en el requisito anterior.

2. La introducción de sistemas de calefacción o refrigeración conlleva la obligación de incluir las superficies relativas en el cálculo del GFA.

3. El local situado detrás de los invernaderos deberá cumplir con lo establecido en los artículos 103 (Ventilación natural) y 105 (Requisitos de iluminación natural directa). En particular, para calcular la relación de ventilación, las ventanas que se abren a los invernaderos también se pueden contar solo si se cumplen todas las condiciones siguientes:

  • el invernadero está equipado con ventanas que se pueden abrir fácilmente y que dan a la ventana para su uso para control;
  • la superficie de las ventanas del invernadero frente a la abertura que se utilizará para el control no es menos de una décima parte de la suma de las superficies planas del invernadero y la habitación detrás de él;
  • las ventanas del invernadero en los espacios a que se refiere el artículo 103 párrafo 1 de este Reglamento.

Reglamento de construcción de Roma
Si tiene un área menor o igual al 15% del área utilizable:

  • es un espacio estrictamente funcional al ahorro energético (volumen técnico) art.4 nta PRG;
  • la superficie no es computable en el índice de fabricabilidad; Categoría de intervención en el edificio: rehabilitación de edificios, procedimiento DIA art.22 DPR 380/2001.

Si por el contrario tiene una superficie superior al 15% de la superficie útil:

  • es un espacio estrictamente funcional al ahorro energético (volumen técnico),
  • la superficie no es computable en el índice de fabricabilidad hasta el 30% del SU,
  • Categoría de intervención en edificio: ampliación, procedimiento Pdc - ART.20 dpr 380/2001.

Los sistemas bioclimáticos pasivos, como los invernaderos de captación , así como otros espacios estrictamente funcionales al ahorro energético para la captación y aprovechamiento de la energía solar y la ganancia solar térmica en los edificios, no se incluyen en el cálculo de los volúmenes admisibles y SUL siempre que respeten las siguientes condiciones:

• demostrar, mediante cálculos energéticos que el proyectista debe adjuntar al proyecto, su función de reducir el requerimiento de energía primaria para la climatización invernal en una cantidad igual al menos al 10% mediante la explotación pasiva y / o activa de la energía solar; las dimensiones del plano no superan el 30% de la superficie útil de la unidad inmobiliaria conectada o de la unidad edificable objeto de la intervención; la formación del invernadero no debe dar lugar a nuevas habitaciones con calefacción o, en cualquier caso, habitaciones adecuadas para permitir la presencia continua de personas (viviendas permanentes o no permanentes, lugares de trabajo, etc.); las habitaciones detrás de ellas mantienen la proporción prescrita de iluminación y ventilación natural directa;

• si están equipados con superficies acristaladas, están equipados con apantallamientos adecuados y / o dispositivos móviles y extraíbles, para evitar el sobrecalentamiento en el verano; el proyecto debe evaluar la ganancia energética, teniendo en cuenta la radiación solar, calculada según la norma UNI, durante toda la temporada de calefacción. Por ganancia se entiende la diferencia entre la energía dispersada en ausencia del sistema bioclimático y la dispersada en presencia del propio sistema; en el caso de los invernaderos solares, estos deben integrarse principalmente en la fachada expuesta en el ángulo entre sur / este y sur / oeste; tener restricción de destino.

EL PROYECTO DE COSE DI CASA: EL INVERNADERO SOLAR

Se asumió como un piso intermedio de un edificio, con el cierre de una pequeña parte de la terraza , mediante paredes de vidrio (la cubierta está constituida por el saliente superior del balcón). Las ventanas tienen apertura abatible y dan al resto de la terraza. Dado que el invernadero solar destinado a colector térmico debe responder a límites regionales precisos en cuanto a la superficie y la forma y no puede ser un espacio habitable que prevea la estancia de las personas (es funcional para el ahorro energético), el espacio diseñado es una zona filtrante que no es climatizada, orientada al sur y amueblada como un jardín urbano con sistemas de cultivo de pared. Al estar apartado del parapeto, la parte abierta restante de la terraza delantera está equipada con muebles de exterior.

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