Depósito de Irpef a pagar el 30 de noviembre

A fin de mes, los contribuyentes que hayan presentado el modelo Unico deberán pagar el segundo anticipo del Irpef. También expirando el plazo para pagar el impuesto del cupón seco sobre las rentas

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A fin de mes, los contribuyentes que hayan presentado el modelo Unico deberán pagar el segundo anticipo del Irpef. También vence el plazo para pagar el cupón de impuestos sobre los alquileres

El plazo por el cual los contribuyentes deben realizar el pago inicial del impuesto sobre la renta personal con el formulario F24 vence el 30 de noviembre . Veamos en detalle qué es, quiénes son los sujetos obligados a pagar y las formas de pago.

Irpef es el IRPF que deben pagar todos los contribuyentes que presenten el modelo Unico. Para los contribuyentes que, en cambio, presenten el modelo 730 y tengan un retenedor (el empleador), es directamente este último quien retiene las cantidades adeudadas de la nómina a partir del mes de julio o reembolsa los impuestos si procede de la declaración. ingresos, hay un crédito.

El saldo fiscal resultante del modelo Unico se divide en dos anticipos. El primero vence el 16 de junio del año en que se presenta la declaración de impuestos y el segundo plazo el 30 de noviembre. El depósito del Irpef se debe pagar si el impuesto declarado es superior a 51,65 euros. Por debajo de esta cantidad, no tiene que pagar. Si la fianza tiene un importe igual o no superior a 257,52 euros, deberá abonarse en un único pago antes del 30 de noviembre. Si, por el contrario, el importe supera los 257,52 euros, se abona en dos cuotas, una igual al 49% con vencimiento el 16 de junio y otra igual al 60% con vencimiento el 30 de noviembre.

¿Cómo se paga el impuesto sobre la renta de las personas físicas ? Debe utilizar siempre el formulario F24 para pagar en bancos u oficinas de correos y también en línea a través de los servicios de banca a domicilio utilizando el código fiscal “4034” relativo a la segunda cuota del Irpef.

El 30 de noviembre es también el último día para que los propietarios , personas naturales, propietarios o titulares de derechos reales de goce de unidades de vivienda alquiladas, que hayan optado por el régimen de cupón seco, paguen el segundo o único anticipo del impuesto. reemplazo. El pago debe realizarse mediante el formulario electrónico F24, también en sucursales bancarias y oficinas de correos. El código fiscal “1841” debe indicarse en el modelo F24.