Superbonus: preguntas y respuestas para un super condominio

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Anonim
Regulación aún por metabolizar, el superbonus sigue siendo objeto de varias dudas. Aquí, en particular, está la pregunta de un lector.

Como en el pasado había sucedido con los demás bonos, incluso la llegada del superbonus fue un presagio de dudas e incertidumbres por parte de los contribuyentes. Entre las muchas preguntas que llegaron a la redacción hemos seleccionado algunas, incluida la de un lector sobre un antiguo supercondominio Gescal: ¿es posible que se proporcione una cerca por motivos de seguridad en un supercondominio, para disfrutar del superbono?

A diferencia de lo que ha sucedido en el pasado (con bonificaciones de construcción que han apoyado obras específicas y parciales), la super bonificación del 110% para la construcción es una medida bastante grande y compleja. No es de extrañar que esté sujeto a una revisión repetida en el proceso de convertir el Decreto de Relanzamiento en ley.

Si, por tanto, por un lado, la nueva deducción es válida hasta el 30 de junio de 2022 (incluso con un plazo ampliado de seis meses respecto al plazo para los particulares fijado en el 31 de diciembre de 2022-2023) para las intervenciones realizadas por los Institutos Autonómicos de Vivienda Pública (Iacp), por otro lado, las obras cubiertas por el bono son obras sustantivas relativas a la rehabilitación energética global del edificio y las medidas de seguridad sísmica . Pero no incluyen una intervención para el vallado de un edificio.

Las obras admitidas a la nueva deducción reforzada son, más concretamente, referidas a las siguientes intervenciones: aislamiento térmico de la envolvente (en el texto también hablamos de superficies oblicuas, por tanto de las cubiertas, además de las superficies opacas verticales / horizontales); Sustitución de sistemas de aire acondicionado de invierno por calderas de condensación (al menos de clase A), bombas de calor, colectores solares, unidades de microcogeneración y sistemas de calefacción urbana eficientes (solo en municipios de montaña no afectados por los procedimientos de infracción de calidad de la UE aire) o caldera de biomasa de clase 5 estrellas (solo para áreas no metanizadas de municipios excluidos de los procedimientos de infracción de la UE para la calidad del aire); Trabajos de refuerzo antisísmico en la estructura de un edificio (a excepción de la zona sísmica 4, que es la de menor riesgo).

Superbonus en 110 y obras remolcadas

Un segundo grupo de intervenciones se refiere a las obras llamadas "remolcadas", es decir, admitidas a la deducción máxima del 110% solo si se llevan a cabo junto con una o más de las obras principales del párrafo 1 de la norma : aislamiento térmico y sustitución del sistema de aire acondicionado.

Estamos hablando de la instalación de sistemas fotovoltaicos, sistemas de almacenamiento para fotovoltaica, puntos de recarga para vehículos eléctricos y todas las medidas de eficiencia energética ya incluidas en el eco-bonus. Para la fotovoltaica existe una posibilidad más: de hecho, puede caer dentro de la deducción del 110% incluso cuando se instala en combinación con obras antisísmicas; en la práctica, el supersisma de bonificación del 110% puede actuar como fuerza motriz para la instalación de sistemas fotovoltaicos.

Fuera de este límite, no se puede utilizar la super bonificación del 110%. Sin embargo, existen otros incentivos que se pueden considerar. En concreto, recomendamos evaluar el llamado bono verde (vigente hasta fin de año y utilizable también para antiguos edificios del Iacp ) que consiste en una deducción del Irpef del 36% sobre los gastos incurridos por una serie de intervenciones para la ordenación de áreas verdes entre que también incluyen las vallas. La instalación también le da derecho a cubrir los costos de diseño y mantenimiento.(si está vinculado a la ejecución de estas intervenciones) y debe dividirse en diez cuotas anuales del mismo importe y debe calcularse sobre un importe máximo de 5.000 euros por unidad de vivienda. Por tanto, la deducción máxima es de 1.800 euros (36% de 5.000) por inmueble.