Deducción fiscal del 65% para dispositivos domóticos

Anonim
Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022-2023 podrás beneficiarte de la deducción fiscal del 65% para la compra, instalación e instalación de dispositivos multimedia para controlar de forma remota el sistema de calefacción, la producción de agua caliente y la climatización del hogar.

Reformar la vivienda o realizar intervenciones de ahorro energético seguirá siendo conveniente en 2022-2023 gracias a la prórroga hasta el 31 de diciembre de las deducciones fiscales por importe del 50% y 65% ​​respectivamente. Pero además de la ampliación de este año, se introducen importantes novedades como el eco-bonus que también se puede utilizar para quienes instalan sistemas domóticos en sus hogares.

La domótica tiene como objeto todas las tecnologías encaminadas a mejorar la calidad de vida dentro del hogar. Una casa domótica es una casa “inteligente”, es decir, es capaz de gestionar y monitorizar todos los sistemas con un solo gesto. Pulsando un botón o tocando la pantalla de un panel de control especial, incluso fuera de casa desde tu smartphone o tablet, puedes realizar operaciones como encender la luz, bajar cortinas y persianas o cerrar la puerta de entrada, todo con el mínimo esfuerzo. La ventaja de la domótica es que te permite realizar todas estas sencillas operaciones aunque no estés en casa gracias a la gestión remota a través de un teléfono móvil o un ordenador conectado a internet. Otra ventaja importante que proviene de una casa domótica,es el ahorro energético que se consigue. Mediante el sistema de gestión único, podrá controlar el consumo de los sistemas en su hogar y por tanto contener los costes.

La Ley de Estabilidad de 2022-2023 preveía la posibilidad de beneficiarse de la deducción fiscal del 65% para los sistemas de domótica destinados al ahorro energético. Así, para quienes compren, instalen e implementen dispositivos multimedia para el control remoto de sistemas domésticos, existe la posibilidad de descontar el 65% de los gastos incurridos del LRPEF, el impuesto sobre la renta de las personas físicas. En particular, el eco-bono es para la compra, instalación y puesta en servicio de dispositivos multimedia para el control remoto de sistemas de calefacción, producción de agua caliente y aire acondicionado de unidades de vivienda. La ley de la estabilidadTambién especificó que dichos dispositivos deben aumentar la conciencia del consumo de energía por parte de los usuarios y al mismo tiempo asegurar el funcionamiento eficiente de los sistemas. En el detalle de dichos dispositivos multimedia se deberá mostrar a través de canales multimedia el consumo energético i , mediante la provisión de datos periódicos, las condiciones actuales de funcionamiento y el ajuste de temperatura de las instalaciones, y que permitan el encendido y apagado y la programación semanal de las plantas desde remoto.

En cuanto a todos los demás tipos de intervenciones permitidas beneficiarse del eco-bono, también para la compra, instalación y puesta en servicio de dispositivos multimedia para el control remoto de sistemas de calefacción, producción de agua caliente y climatización domiciliaria, el contribuyente La documentación acreditativa de la intervención debe ser emitida por la empresa que realiza la obra.

También es necesario abonar los gastos mediante transferencia bancaria o postal que presente como elementos distintivos:

  • el motivo del pago
  • el código fiscal del beneficiario
  • el número de IVA o código fiscal de la empresa que realiza la obra.

En la transferencia bancaria, los bancos y las oficinas de correos realizan una retención en origen equivalente al 8%. La deducción se puede utilizar en 10 cuotas anuales del mismo monto.