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- Plazos e impuestos aplazados para contribuyentes
- Caducidad de IMU y Tasi confirmada
- Plazos aplazados para empresas
La emergencia del Coronavirus ha cambiado el calendario de plazos impositivos para 2022-2023, con el Decreto de Liquidez primero y el Decreto de Relanzamiento lanzado en mayo con el que se dispuso el aplazamiento de algunos impuestos para contribuyentes y empresas. Veámoslos de cerca.
Plazos e impuestos aplazados para contribuyentes
Empezando por los contribuyentes personas físicas, el primer plazo aplazado es el de presentación del modelo 730/2020. La presentación de la declaración de impuestos de los empleados se ha pospuesto unos meses, de julio al 30 de septiembre de 2022-2023. Sin embargo, esto no excluye la posibilidad de presentar la declaración de impuestos antes. Entonces, quienes presenten el 730 antes del 30 de junio, recibirán los reembolsos a crédito o pagarán si están endeudados, en el cheque de pago o en la boleta de pensión antes de julio. Quienes lo presenten posteriormente verán aplazado el desembolso o pago por un par de meses
Aquellos que presenten el 730 antes del 30 de junio, recibirán reembolsos a crédito o pagarán si están endeudados, en el recibo de pago o de pensión antes de julio. Quienes lo presenten posteriormente verán pospuesto el desembolso o pago por un par de meses.
También se decide la suspensión de las ejecuciones hipotecarias de sueldos, salarios y pensiones efectuadas por el cobrador hasta el 31 de agosto de 2022-2023 y también se prevé la suspensión de pagos por notificaciones de tasación: las que vencen entre marzo y mayo, se pueden realizar antes del 16 Septiembre. Las notificaciones de las facturas fiscales se pospusieron hasta el 1 de septiembre.
Caducidad de IMU y Tasi confirmada
Respecto al tema de los plazos de impuestos, no hay cambios en la fecha de pago del depósito de IMU y Tasi, los cuales permanecen hasta el 16 de junio. El 16 de diciembre será el turno de la balanza.
Plazos aplazados para empresas
Pasando a las empresas, se espera que la tasa de junio de Irap (saldo y anticipo) se detenga para todas las empresas hasta 250 millones en facturación y trabajadores autónomos con un volumen de remuneración correspondiente.
También se canceló el depósito Imu de junio para hoteles y establecimientos de baño, siempre que el propietario y el gerente coincidan.
Los pagos de retenciones en origen, IVA y contribuciones suspendidas en marzo, abril y mayo para empresas que hayan sufrido un descenso en la facturación, se encuentren entre los sectores más afectados o se encuentren en las provincias declaradas zona roja al inicio de la pandemia podrán realizarse por el el próximo 16 de septiembre.