¿La propiedad no está segura si una de las partes está empleada indebidamente?

Un terreno al 50% pero con un tercer dueño & quot; de facto & quot ;: nuestro experto responde a la pregunta de la lectora Roberta, quien nos pregunta cómo puede aclarar su posición ante la ley.

Tabla de contenido
Un terreno al 50% pero con un tercer propietario "de facto": nuestro experto responde a la pregunta de la lectora Roberta, quien nos pregunta cómo puede aclarar su posición ante la ley.

La pregunta de Roberta: Compré un apartamento para reformar hace un par de años. Inmediatamente después de la compra, me di cuenta de que, como copropietario de la mitad del área peatonal del condominio del terreno (pequeño jardín), a partir del levantamiento catastral, la mitad no se calculó exactamente. Comparado con mi 50% en papel, en el acto, parte de esta tierra ya está ocupada y cercada por un tercero que no es dueño de esa pieza; Hasta donde yo sé, esta apropiación ilícita tuvo lugar hace más de 10 años. Como soy dueño del 50% de esta parte y una cuarta parte de todo ha sido ocupada injustamente (no sé si en concesión o pago al otro dueño) me gustaría protegerme para problemas futuros, no solo informando que hay una apropiación ilícita del parte que podría haberse vendido hace años, sin papeles pero solo en palabras,pero que pretendo resolver el asunto de inmediato, proponiendo al copropietario o la venta de la cuarta parte del terreno que le queda o alguna otra opción. Por tanto, me gustaría que mi parte esté bien delimitada y privada del uso de terceros no autorizados, como está sucediendo ahora. De hecho, la tierra no tiene fronteras y, por lo tanto, aunque soy de mi propiedad, se usa en otros lugares.

De la descripción de los hechos se desprende que el área comprada por el lector en papel está de hecho, en parte, vallada y utilizada por terceros. Por lo general, la cláusula contractual se inserta en las escrituras de compra según la cual el comprador acepta la unidad inmobiliaria en el estado fáctico y legal en el que se encuentra. Por lo tanto, existe una presunción según la cual el comprador conoce el estado actual de las cosas cuando vio la propiedad que se estaba preparando para comprar. El lector debe, si es posible, determinar si los términos de la usucapione han expiradotomando como referencia el tiempo ordinario, regido por el art. 1158 del código civil, según el cual la propiedad de los inmuebles se adquiere en virtud de la posesión continuada por veinte años y la posesión por diez años, regida por el art. 1159 del Código Civil italiano, que establece que una persona que compra de buena fe una propiedad a alguien que no es el propietario, en virtud de un título apto para transferir la propiedad, debidamente transcrito, lo utiliza a su favor con el vencimiento de diez años desde la fecha de la transcripción .

Como principio general, en todo caso, cabe señalar que, de existir incertidumbre sobre las fronteras, el legislador prevé, a fin de proteger la propiedad, el derecho a recurrir ante el juez con la acción de liquidación fronteriza regida por el art. 950 código civil según el cual cuando el límite entre dos fondos es incierto, cada uno de los propietarios puede solicitar que se establezca judicialmente. Sobre la base de su posición, las partes en la controversia tienen derecho a proporcionar cualquier medio de prueba . En ausencia de elementos, el juez se atiene al límite delimitado por los mapas catastrales.