Condominio: ¿es obligatorio el seguro?

Seguro, nombramiento del administrador y atrasos: sobre estos temas nuestro experto responde a las dudas de nuestro lector Giovanni A.

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Seguros, nombramiento de administrador y atrasos: sobre estos temas nuestro experto responde a las dudas de nuestro lector Giovanni A.

Pregunta de Giovanni A .: Me gustaría saber si es obligatorio tener seguro en un condominio de 4 apartamentos y 2 áticos, habitados solo esporádicamente por los propietarios. No hay administrador. Si decide tener uno en su lugar y un propietario no está de acuerdo, eso es 5 a favor y uno en contra, ¿cómo debe comportarse? ¿Es cierto que al realizar trabajos de mantenimiento en el edificio, si un propietario no paga su parte, corresponde a otros pagarla?

  • R isponde el abogado Negri Roberta, docente de cursos ANACI (Asociación Nacional de Administradores de Condominios y Bienes Raíces) sede en Milán, [email protected]

L ' seguro de condominio no es obligatorio , a menos que esté específicamente permitido por las normas de construcción. En cualquier caso, casi todos los condominios estipulan la Póliza Global de Edificios, que cubre los daños causados ​​a los condominios o terceros derivados de las partes comunes del edificio.
Pasando a la segunda cuestión, en un condominio las decisiones se toman en la asamblea con doble mayoría de acuerdo con los quórums que establece la ley. En caso de nombramiento del administrador, la asamblea decide sobre el asunto con un número de votos que representa la mayoría de los presentes en la asamblea y al menos la mitad del valor milésimo del edificio.. Si se alcanza el quórum, la resolución es válida y los condominios disidentes deben adaptarse. Finalmente, cabe señalar que en el caso de un condominio en mora, los otros condominios deben cumplir con la parte morosa, pero al mismo tiempo tienen derecho a emprender acciones legales también para la recuperación del crédito.