Arrendamientos: ¿sanciones para quienes alquilan ilegalmente?

Anonim
Los decretos de ejecución de la delegación fiscal han sido aprobados por el Consejo de Ministros, que prevén un aumento de las sanciones para los propietarios de inmuebles arrendados que opten por el cupón seco pero no declaren la renta recibida.

Penas máximas para los que alquilan en negro. Si bien la reforma del Registro de la Propiedad se pospuso para septiembre, la de la Autoridad Tributaria se afianza con la aprobación de los decretos de ejecución de la delegación fiscal que aumentan las penas para quienes alquilan propiedades sin declararlo. Actualmente, la falta de indicación de los derechos de alquiler en la declaración de impuestos, o la indicación de los mismos en una medida inferior a la real, conlleva la aplicación de una sanción por importe del 240 al 480% del impuesto adeudado.(con un mínimo de 516 euros) si en la declaración de impuestos no se indica el alquiler derivado del alquiler de viviendas. La multa se aplica hasta el 200 a 400% del impuesto adeudado, por otro lado, si se indica un alquiler que es menor que el realmente recibido.

En las medidas aprobadas el 26 de junio de 2022-2023, se duplican las sanciones para los propietarios que hayan optado por el impuesto a tanto alzado en los arrendamientos y no hayan indicado la renta percibida en la declaración del IRPF . También hay otro cambio fiscal con respecto a las facturas fiscales. Ante la crisis económica, se otorga la posibilidad de pagar hasta un máximo de 72 cuotas mensuales, con una simple solicitud del contribuyente que declara pagar en una situación temporal de dificultad. Además, la tarifa de cobro que se aplica a las facturas de pago se reduce del 8% actual al 6%.