Sirvienta y niñera: cómo contratar a una trabajadora doméstica

Las empleadas domésticas, las amas de llaves, las amas de llaves, los camareros y las niñeras son una valiosa ayuda en las tareas del hogar. Aquí tienes una breve guía sobre cómo contratarlos, incluso en el caso de extranjeros sin permiso de residencia.

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Las empleadas domésticas, las amas de llaves, las amas de llaves, los camareros y las niñeras son una valiosa ayuda en las tareas del hogar. Aquí tienes una breve guía sobre cómo contratarlos, incluso en el caso de extranjeros sin permiso de residencia.

Entre los compromisos laborales y el ritmo frenético de la vida se vuelve cada vez más útil contar con ayuda en casa. Ya sea para las tareas del hogar o para el cuidado de los niños, cuando decidas contratar una empleada doméstica, niñera o ama de llaves es bueno saber cómo moverte siguiendo las normas que marca la ley y también el INPS. Puedes decidir contratar a un trabajador doméstico italiano o extranjero y si este último procede de un país no perteneciente a la UE, es necesario verificar que está en posesión de un permiso de residencia válido y regular.

Si el trabajador doméstico es italiano o es un extranjero que ya se encuentra en nuestro país y por lo tanto está en posesión de un permiso de residencia válido para realizar actividades laborales, para contratarlo solo será necesario notificar al INPS directamente en línea mediante el código PIN que emite el mismo Instituto Nacional de Seguridad Social o llamando al Contact Center (número gratuito 803164 desde un teléfono fijo o 06-164164 desde una red móvil). La comunicación es obligatoria y si el empleador no la cumple corre el riesgo de pagar una fuerte multa de entre 100 y 500 euros.

Si, por el contrario, el trabajador aún se encuentra en su país de origen, el trámite es más complejo. En este caso, de hecho, es necesario esperar la publicación por parte del Ministerio del Interior del denominado Decreto de Flujos , disposición que identifica el número máximo de trabajadores extranjeros que pueden ingresar a nuestro país por motivos laborales. Solo después de la publicación del Decreto, el empleador que quiera contratar al extranjero no comunitario debe solicitar la nulla osta. Para toda la información puede consultar el sitio web del Ministerio del Interior.

Si el extranjero es ciudadano de la UE , en cambio, será suficiente que esté en posesión de un código fiscal, un documento de identidad y una tarjeta sanitaria para ser contratado como trabajador doméstico. Una vez realizada la comunicación al INPS, el empleador está obligado a abonar las cotizaciones del trabajador contratado , utilizando los boletines MAV que siempre se pueden descargar online desde el sitio web del INPS y abonar en oficinas de correos, sucursales bancarias y también estancos que participan en el sistema Sisal.

Esté atento a los plazos para pagar estas contribuciones . Los trimestres de referencia son 4 y van del 1 al 10 de abril (primer trimestre), del 1 al 10 de julio (segundo trimestre), del 1 al 10 de octubre (tercer trimestre) y del 1 al 10 de enero (cuarto trimestre).